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El ERE de CaixaBank: así afecta a Salamanca 
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LOS BANCOS RECORTAN PLANTILLA

El ERE de CaixaBank: así afecta a Salamanca 

Actualizado 04/07/2021

El expediente de regulación de empleo de la entidad financiera supondrá la salida de más de 200 trabajadores en Castilla y León

El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de CaixaBank afectará a un total de 6.452 empleados, de los que 247 son de trabajadores de Castilla y León y 17 de Salamanca.

Según el esquema de salidas relativo a la red de oficinas que ha facilitado el sindicato SECB, las provincias más afectadas en Castilla y León serán Segovia, con 77, y Ávila, con 50. Por detrás se sitúan León, con 42; Valladolid, con 30; Burgos, con 19; Palencia, con nueve, y Soria, con tres.

A nivel nacional, el grueso de salidas tendrá lugar en Madrid, con 1.286 extinciones; seguido de Barcelona, con 528; Valencia, con 461, y Murcia, con 347.

Además de las 6.452 extinciones, el acuerdo recoge 570 recolocaciones directas en empresas filiales del grupo CaixaBank, y también hay 138 vacantes en empresas filiales del grupo CaixaBank, que serán ofrecidas a toda la plantilla y que se cubrirán mediante proceso de selección realizado por parte de la empresa filial.

Un proceso en cinco fases

Para garantizar la voluntariedad de las salidas, se ha establecido un proceso de adhesión por fases. Tras la firma del acuerdo, se abre un periodo de tres semanas en todas las provincias y áreas de servicios centrales para que los interesados en abandonar la entidad con su correspondiente indemnización se adscriban y en l que las filiales ofertarán las vacantes existentes susceptibles de cubrir mediante recolocación indirecta.

Finalizado dicho plazo, se dará cuenta a la comisión de seguimiento del número de peticionarios, así como la distribución por provincia y el número de recolocaciones.

En una segunda fase, tras identificar las áreas con más solicitudes que plazas, CaixaBank podrá aceptar la adhesión por encima del excedente identificado, siempre que se pueda cubrir con traslados voluntarios solicitados por personal procedente de otras provincias o áreas, o bien con movilidad funcional entre servicios centrales distribuidos, direcciones territoriales y red dentro de un radio de 25 kilómetros.

Si esa movilidad produce un cambio sustancial de las condiciones de trabajo, el empleado tendrá derecho a optar por la extinción del contrato, de forma voluntaria, con la aplicación de condiciones del acuerdo pero sin primas.

De su lado, en las provincias o áreas con menos solicitudes se aplicará la movilidad funcional ordinaria y se ofertaran vacantes en centros inTouch ya existentes o de nueva creación y en centros Store.

Si tras todos los ajustes de la segunda fase todavía no se hubiesen alcanzado el número de excedentes de una provincia, se abrirá un nuevo proceso de adhesión en el último trimestre de 2021. Después, se dará la posibilidad de aceptar movilidades geográficas voluntarias que permitan la salida de personas a las que se hubiese denegado la solicitud por pertenecer a una provincia en la que había un excedente de peticionarios.

De no cubrir todavía el cupo, una cuarta fase pondrá en marcha un proceso de adscripción a inTouch existentes o se crearán nuevos para asignar a los trabajadores que fuesen necesarios. Igualmente, podrán adscribirse a determinados empleados a centros inTouch en régimen de teletrabajo.

Si tras las medidas de las fases anteriores siguiera existiendo excedente de plantilla en la provincia o área de servicios centrales, se podrá aplicar la movilidad geográfica de hasta 75 kilómetros hasta el 30 de abril de 2023, con su correspondiente compensación.

La comisión de seguimiento se reunirá para evaluar caso por caso si existen medidas alternativas de flexibilidad interna que puedan ser aplicadas para dar solución al excedente no cubierto con las medidas ofertadas.

Condiciones económicas de las salidas

El esquema de compensaciones para los empleados que dejen la entidad establece tres colectivos, en función de la edad. Los empleados de 63 años o más podrán salir del banco con una indemnización de 20 días por año trabajado y los de 54 años o más serán indemnizados con un 57% del salario fijo bruto anual hasta los 63 años (con convenio especial con la Seguridad Social hasta esa edad).

Las primas para los empleados de entre 54 y 63 años son 18.000 euros brutos para los nacidos en 1964 o anteriores, de 23.000 euros brutos para los nacidos en 1965 y de 28.000 euros brutos para los nacidos entre 1966 y 1967. Este grupo tendrá descuento de la prestación mínima bruta por desempleo y mantendrá las aportaciones al plan de pensiones de la empresa y la póliza privada de salud.

Los empleados de 52 y 53 años recibirán siete anualidades del 57% del salario fijo bruto anual repartidas hasta los 63 años (con convenio especial con la Seguridad Social hasta esa edad). Se les abonará una prima adicional de 38.000 euros brutos, descontando la prestación mínima bruta por desempleo.

Los trabajadores de menor edad, y los que tienen una antigüedad en la empresa inferior a seis años, obtendrán un pago de 40 días del salario fijo bruto por año trabajado, con un límite de 36 mensualidades, y una prima (23.000 euros para empleados con más de seis años de antigüedad y 13.000 euros para empleados con menor antigüedad)