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Todo a punto para que este viernes Salamanca baje la alerta a la fase 1 y se reduzcan las...
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debido a los buenos datos sanitarios

Todo a punto para que este viernes Salamanca baje la alerta a la fase 1 y se reduzcan las...

Actualizado 15/06/2021
Redacción

En el caso de la hostelería se permitiría el consumo en barra, aforos del 75% en el interior y sin límite en terrazas con agrupaciones de mesa limitadas a 25 personas

El presidente de la Confederación de Hostelería y Turismo de Castilla y León, Fernando de la Varga, y el presidente de la Asociación de Hostelería de Zamora, Óscar Somoza, han mantenido una reunión con el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, y con el Consejero de Turismo, Javier Ortega, de la que los representantes de la hostelería regional han salido "contentos y esperanzados" por las palabras que les han transmitido los miembros del Ejecutivo Regional.

De hecho, el máximo dirigente de la Comunidad, dados los datos sanitarios que ahora tiene Castilla y León, se mostraba optimista sobre la posibilidad de acceder a Fase 1 en la próxima revisión que realizará el Gobierno de la Comunidad, es decir este en el Consejo de Gobierno del jueves, con lo que entraría en vigor el viernes. Esto significaría una ampliación del horario del ocio nocturno, e incluso la posibilidad de abrir las barras de los establecimientos, que son algunas de las demandas que solicita el colectivo empresarial.

Los principales cambios que implica la Fase 1 son los siguientes:

En el sector hostelero, y en nivel 1, el consumo podrá realizarse en barra, de pie o en mesa pero no podrá superarse el 75% del aforo con una limitación máxima de ocupación por mesa o agrupación de mesas de 25 personas.

Cuando se trate de consumo en terrazas al aire libre, no habrá límite de aforo en este nivel de alerta 1, aunque no se permite estar de pie y la ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas estará limitada a 25 personas.

Ahora que se acerca el periodo veraniego es interesante conocer las limitaciones en las piscinas al aire libre o cubiertas, para uso recreativo o deportivo, incluidas las de los spas y balnearios, así como las que pertenezcan a comunidades de propietarios, tanto el acceso como la propia práctica deportiva o recreativa, no tendrán límite de aforo en nivel de alerta 1.

La limitación del aforo en velatorios y entierros y ceremonias fúnebres será del 75 por ciento, con un máximo de 75 asistentes entre familiares y allegados. En espacios abiertos no se establecen otras limitaciones que las derivadas de garantizar la distancia de seguridad.

En el caso de que estas ceremonias o celebraciones se lleven a cabo en otro tipo de espacio o instalación cerrados, públicos o privados, se establecen aforos entre el 50 por ciento.

En los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público que no formen parte de centros o parques comerciales se establece un aforo máximo del 75 por ciento para el nivel de alerta 1, siempre intentando mantener la distancia de seguridad.

En el caso de los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública se deberán respetar aforos del 75 por ciento en nivel 1.

En el caso de los mercados de ganado y entes feriales en espacios cerrados no se podrá superar dos tercios del aforo máximo para el público en nivel 1.