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El Gobierno aprueba la prórroga de los ERTE y de la prestación de autónomos hasta el 31 de mayo
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Consejo de Ministros

El Gobierno aprueba la prórroga de los ERTE y de la prestación de autónomos hasta el 31 de mayo

Actualizado 26/01/2021
EP

La segunda es una medida acordada con sus asociaciones (ATA, UPTA y Uatae), aunque con algunas modificaciones

El Consejo de Ministros de este martes ha aprobado la prórroga hasta el 31 de mayo de las ayudas vigentes para trabajadores autónomos acordada con sus asociaciones (ATA, UPTA y Uatae), aunque con algunas modificaciones.

Así lo ha señalado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde ha puesto en valor el acuerdo con las organizaciones de autónomos.

Escrivá ha resaltado que el número absoluto de trabajadores por cuenta propia afiliados a la Seguridad Social después de 11 meses supera al que se registró en enero de 2020. "13.000 autónomos más, no solo hemos protegido a los autónomos, sino que hay más autónomos afiliados", ha añadido.

La protección a este colectivo se seguirá articulando en torno a cuatro ayudas: la prestación por suspensión de actividad; la prestación compatible con la actividad cuando haya caída de ingresos; prestación extraordinaria para quienes no puedan acceder a las dos ayudas anteriores, y prestación para autónomos de temporada.

La prestación por suspensión de actividad está dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad por decisión administrativa. La cuantía de la prestación es del 50% de la base mínima de cotización, cantidad que se incrementa un 20% si el trabajador autónomo es miembro de una familia numerosa. Así, el beneficio mínimo asciende a 760 euros.

El autónomo quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese periodo le contará como cotizado y, en su caso, será compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el SMI.

Por su parte, la prestación compatible con la actividad flexibiliza en esta nueva prórroga el requisito de ingresos. Así, la podrán solicitar aquellos trabajadores cuya facturación en el primer semestre de 2021 caiga el 50% (antes era el 75%) frente al segundo semestre de 2019. El importe de esta prestación es el que corresponda por su base de cotización.

Quienes no cumplan los requisitos para acceder a esta prestación ni al cese ordinario podrán solicitar una ayuda extraordinaria, cuya cuantía es del 50% de la base mínima de cotización, estando igualmente exonerado de abonar las cuotas. El límite de ingresos en el primer semestre, para este caso, es 1,2 veces el SMI.

Por último, también se mantiene, adaptando el periodo de referencia, la prestación para autónomos de temporada, que es del 70% de la base mínima y requiere no tener ingresos superiores a 6.650 euros en el primer semestre de 2021. En este caso, el beneficio mínimo será de 660 euros.

Como novedad se recoge también la suspensión hasta el 31 de mayo la subida progresiva de los tipos de contingencias profesionales y de cese (del 0,3%), previsto en el Real Decreto-ley 28/2018.

Luz verde a la prórroga de los ERTE hasta el 31 de mayo

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el decreto que prorroga los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) hasta el 31 de mayo, una medida acordada con los agentes sociales que tendrá un coste cercano a los 5.000 millones de euros.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha destacado que el proceso de negociación con los agentes sociales para prorrogar de nuevo los ERTE ha sido "más rápido", lo que pone de manifiesto la confianza que hay hacia este mecanismo, que "está funcionando bien".

Escrivá ha subrayado que la nueva prórroga de los ERTE mantiene básicamente el mismo esquema de protección a empresas y trabajadores vigente hasta el 31 de enero. No obstante, la norma simplifica los trámites para extenderlos en el tiempo, de forma que no se necesitarán nuevas autorizaciones administrativas.

El esquema que de momento estará en vigor hasta el 31 de mayo contempla el mantenimiento de las tres modalidades de ERTE actuales: los destinadas a los sectores 'ultraprotegidos' y a las empresas vinculadas a su cadena de valor; los ERTE de impedimento de la actividad, y los ERTE de limitación, los dos últimos pensados para restricciones administrativas temporales adoptadas como medida de freno a los contagios de Covid (reducción de aforos o prohibición de apertura, por ejemplo).

Las exoneraciones en las cotizaciones sociales vinculadas a estas modalidades se mantienen. Así, en el caso de los sectores 'ultraprotegidos' y empresas de su cadena de valor, las exenciones serán del 85% para empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las que tienen más de 50 empleados, tanto para empleados reincorporados como para suspendidos. Esto, según ha señalado Escrivá, supone una ayuda directa "de facto" para estos sectores.

En los ERTE por impedimento, a los que pueden acogerse empresas de cualquier sector o actividad, las exoneraciones serán del 100% para empresas con menos de 50 trabajadores y del 90% para las que tengan más de 50 empleados en plantilla.

En los ERTE de limitación, a los que también pueden tener acceso empresas de cualquier sector o actividad, las exenciones serán decrecientes hasta mayo de 2021. Para empresas de menos de 50 trabajadores, éstas serán del 100% en febrero, del 90% en marzo, del 85% en abril y del 80% en mayo. Para las que tengan más de 50 empleados, serán del 90%, del 80%, del 75% y del 70%, respectivamente.

Gracias a la simplificación de los trámites, las empresas que sean titulares de un ERTE por impedimento o por limitación, autorizado antes o durante la vigencia de esta norma, no tendrán que solicitar y tramitar un nuevo expediente ante la autoridad laboral para pasar de uno a otro. Bastará con que remitan una comunicación a la autoridad laboral que haya dictado la resolución correspondiente al ERTE del que es titular y a la representación sindical, y no será necesario que remitan una nueva solicitud colectiva de prestaciones al SEPE.

Los ERTE Covid basados en causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) se podrán seguir beneficiando tanto de la simplificación de trámites prevista en el artículo 23 del Real Decreto-ley 8/2020, como de la posibilidad, inexistente en su regulación ordinaria, de tramitar una prórroga presentando ante la autoridad laboral un acuerdo en tal sentido con la representación unitaria o sindical.

NUEVOS SECTORES 'ULTRAPROTEGIDOS'

Según el Gobierno, en la nueva prórroga se utilizan criterios objetivos "más generosos" para determinar los sectores considerados como 'ultraprotegidos', lo que ha dado lugar a la incorporación de nuevos 'CNAE', protegiendo a casi 50.000 trabajadores más.

Así, se han incluido en este listado aquellas empresas cuya CNAE entre finales de abril y finales de diciembre no han recuperado la actividad en porcentaje inferior al 70% y con un porcentaje de afiliados cubiertos por ERTE mayor del 15%.

De la lista de 42 CNAE considerados 'ultraprotegidos' aprobada en la anterior prórroga ahora entran tres nuevos sectores y salen otros tres. Las nuevas actividades que se incorporan son campings y aparcamientos de caravanas, alquiler de medios de navegación, y actividades de mantenimiento físico. Salen, por contra, fabricación de alfombras, estirado en frío y fabricación de instrumentos musicales.

A estos 42 CNAE hay que sumar las cinco actividades que se incluyeron en diciembre como sectores 'ultraprotegidos' en el marco del plan de rescate de la hostelería y que son comercio al por mayor de bebidas; restaurantes y puestos de comidas; actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales; establecimientos de bebidas, y actividades de juegos de azar y apuestas (casinos, bingos, loterías y casas de apuestas). Así, en total, 47 actividades formarán parte de los CNAE 'ultraprotegidos' por los ERTE.

MANTENIMIENTO DEL COMPROMISO DE EMPLEO

La prórroga mantiene el compromiso de mantenimiento del empleo en su actual redacción, así como la prohibición a las empresas que hagan ERTE de despedir, interrumpir contratos temporales, repartir dividendos y realizar horas extraordinarias y externalizar actividad.

Los trabajadores afectados por ERTE seguirán teniendo acceso a la prestación sin periodo de carencia, no les computará el periodo consumido hasta enero de 2022 y la prestación equivaldrá al 70% de la base reguladora. Se mantienen además los beneficios aplicables a los trabajadores fijos discontinuos (incluyendo la prestación extraordinaria) y la mejora de protección de las personas afectadas por ERTE con contratos a tiempo parcial.

Actualmente, hay 704.000 personas en ERTE, aunque en el pico alto de la pandemia los trabajadores protegidos llegaron a ser más de 3,4 millones. De este total, 450.000 están en alguna de las modalidades que conllevan exoneraciones a la Seguridad Social.

Escrivá ha destacado que el porcentaje de reincorporación de trabajadores al mercado laboral desde el ERTE alcanza en España el 85%, uno de los más altos entre los países europeos que tienen este mecanismo o similar y todo ello "a pesar de que España, por su estructura productiva, se ha visto más afectado por la pandemia".

LA INSPECCIÓN PODRÁ EMITIR ACTAS SIN LA INTERVENCIÓN DE UN FUNCIONARIO

En el marco de este decreto se han aprobado también otras medidas en el ámbito laboral. Así, se permitirá a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social emitir actas de infracción automatizadas sin intervención directa de sus funcionarios y preservando las garantías jurídicas.

La norma contempla además que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) garantizará el acceso a toda su oferta de trámites y servicios a través de su sede electrónica, así como que los artistas de espectáculos públicos puedan seguir percibiendo las prestaciones por desempleo en los términos vigentes.

Esta prestación será incompatible con la realización de actividades por cuenta propia o por cuenta ajena, o con la percepción de cualquier otra prestación, renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración Pública.

Por otro lado, el decreto establece que las entidades de la Economía Social podrán mantener sus reuniones por vía telemática y votar por escrito durante el año 2021, aunque esta posibilidad no constase en sus estatutos.

Además, la norma flexibiliza el requisito de no haber trabajado o no haber recibido atención educativa o formativa el día natural anterior para que los jóvenes o menores extranjeros no acompañados puedan adscribirse al Sistema Nacional de Garantía Juvenil si han estado afectadas por un ERTE.