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Entra en vigor en Cataluña la prohibición de reunirse más de 10 personas
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Entra en vigor en Cataluña la prohibición de reunirse más de 10 personas

Actualizado 29/08/2020
EP

La limitación de reuniones a un máximo de 10 personas en el ámbito público y privado para frenar los contagios de Covid-19 ha entrado en vigor este sábado al publicarse en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (Dogc).

La resolución se publica al día siguiente de que el Juzgado de lo contencioso-administrativo 13 de Barcelona ratificara en un auto la medida de la Generalitat.

El juez consideró "proporcionales, idóneas, razonables y necesarias" las medidas propuestas por la Generalitat y con mínima incidencia en la libertad del individuo, por lo que las ratificó íntegramente, con limitación temporal de 15 días para controlar su efectividad.

La prohibición también afecta a las mesas de terrazas, restaurantes y bares, sin importar el cumplimento de las distancias mínimas entre mesas; y en las reuniones no pueden participar personas con síntomas de Covid-19 o que deban estar aisladas o en cuarentena.

EXCEPCIONES

Según la resolución, quedan exentas de la restricción las reuniones por actividades laborales, de culto, actos religiosos como bodas, servicios religiosos, celebraciones y ceremonias fúnebres, las manifestaciones --que se podrán realizar en las condiciones que determine la autoridad competente-- y el transporte público.

Tampoco se aplica la restricción a la realización de actividades culturales, de artes escénicas y musicales, cine o exposiciones tanto en recintos estables como en teatros, salas de cine, carpas de circo o similares "siempre que se cumplan las indicaciones de los planes sectoriales aprobados por el Comité de Dirección del Plan de Actuación del Procicat".

Las bibliotecas, archivos, museos y monumentos quedan abiertos, se podrán realizar actividades lúdicas y recreativas y se permite la apertura al público de equipamientos deportivos como piscinas descubiertas, parques de atracciones o infantiles, gimnasios u otras instalaciones siempre que se adapten a los criterios de los planes sectoriales.

Queda en manos de los ayuntamientos determinar la celebración de ferias y fiestas mayores y, en ellos y en la Generalitat de Cataluña recae la responsabilidad de realizar las funciones de vigilancia, inspección y control de las medidas establecidas en la resolución.

Se prorroga la prohibición de consumir alcohol en los espacios públicos y las autoridades competentes deberán emitir informes periódicos de los efectos de las medidas, el incumplimiento de las cuales podrá suponer sanciones.

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