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El Ayuntamiento emite un bando para recordar las nuevas normas del Estado de Alarma
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ALBA DE TORMES

El Ayuntamiento emite un bando para recordar las nuevas normas del Estado de Alarma

Actualizado 01/05/2020
Roberto Jiménez

Si los vecinos no respetan las normas, la villa ducal optaría por aplicar el método canario para que saliesen de forma escalonada por "números pares e impares según los portales"

BANDO MUNICIPAL EMITIDO POR EL AYUNTAMIENTO DE ALBA DE TORMES

ACTIVIDADES FISICAS NO PROFESIONALES AL AIRE LIBRE

Se ha publicado en el BOE del 1-05-2020, la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, habilita a las personas de 14 años en adelante, a circular por las vías o espacios de uso público para la practicas de actividades físicas permitidas por esta orden, una vez al día y durante las siguientes franjas horarias:

a) La práctica de deporte individual y los paseos solo podrán llevarse a cabo entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas.

b) Aquellas personas que requieran salir acompañadas por motivos de necesidad y las personas mayores de 70 de años podrán practicar deporte individual y pasear entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas. Las personas mayores de 70 años podrán salir acompañadas de una persona conviviente de entre 14 y 70 años.

Deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros, evitar espacios concurridos, evitar paradas innecesarias, deberá cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.

No se podrá hacer uso de vehículos motorizados para desplazarse con el fin de practicar la actividad física.

PASEOS

Los paseos se realizarán con una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio, durante las franjas horarias establecidas, se podrá salir acompañado de una sola persona conviviente o cuidadora.

Los paseos con niños se realizarán entre las 12:00 horas y las 19:00 horas.

No podrán hacer uso de la habilitación contenida las personas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de COVID-19. Asimismo, tampoco podrán hacer uso de dicha habilitación los residentes en centros sociosanitarios de mayores.

PRACTICA DE ACTIVIDAD DEPORTIVA INDIVIDUAL NO PROFESIONAL

Podrán realizarse sin limitación de kilómetros por cualquier vía o espacio de uso público incluidos los espacios naturales y zonas verdes sin salir de los límites del municipio de Alba de Tormes. No está permitido el acceso a instalaciones deportivas cerradas.

Las bicicletas solo podrán circular por: camino de Otero, camino (carretera) de Amatos, camino viejo de Navales, Vía Verde y siempre sin salir del término municipal de Alba de Tormes.

PASEO DE PERROS

El tránsito de personas para el paseo de las mascotas deberá limitarse al TIEMPO Y ESPACIO estrictamente necesario para la realización de las necesidades fisiológicas, quedando PROHIBIDO ALEJARSE MAS DE 1 Km DE LA VIVIENDA para dicho cometido. Es obligatorio llevar una botella de agua con detergente para la orina.

FARMACIA

Cada persona deberá comprar todos los medicamentos que tenga prescritos en su tarjeta DE UNA SOLA VEZ, y siguiendo las indicaciones del personal de la farmacia, QUEDANDO PROHIBIDO REALIZAR VISITAS REITERADAS A LA FARMACIA, salvo en casos urgentes, de inaplazable necesidad.

COMPRA DE PRODUCTOS DE 1a NECESIDAD

Las salidas del domicilio deben limitarse al máximo posible. NO ES NECESARIO SALIR CADA DIA de casa. La ciudadanía debe LIMITAR LAS SALIDAS, para abastecimiento, de forma que POR CADA VIVIENDA SALGA TAN SOLO UNA PERSONA, preferiblemente CADA DOS O TRES DIAS, y hacer de una sola vez todas las compras necesarias.

RECOGIDA DE ROPA USADA

Los contenedores de ropa y textil ubicados en la vía pública quedan precintados y se pide a la población NO DEPOSITE

NINGÚN RESIDUO TEXTIL pues la empresa encargada de su recogida no presta sus servicios temporalmente. PUNTO LIMPIO:

Cerrado temporalmente. PROHIBIDO depositar residuos en las inmediaciones del recinto. RECOGIDA DE VOLUMINOS:

Queda suspendida la recogida de voluminosos por no haber gestión de residuos.

  • El presente Bando entrará en vigor y surtirá plenos efectos desde las 00:00 horas del día 2 de mayo de 2020 y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas, sin perjuicio de las disposiciones de mayor rango que se dicten a partir de esta fecha.
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