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Ampliados en 2 meses los periodos de pago voluntario del IBI, el impuesto de vehículos y el...
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COVID-19

Ampliados en 2 meses los periodos de pago voluntario del IBI, el impuesto de vehículos y el...

Actualizado 24/03/2020
Redacción

Además, se concederán sin intereses y sin garantías los fraccionamientos en 12 meses del pago de deudas inferiores a 30.000 euros

El Ayuntamiento de Salamanca ha decidido adoptar diversas medidas tributarias con el objetivo de aliviar la situación económica de personas, familias, autónomos y empresas afectadas por las consecuencias de la declaración del estado de alarma por la pandemia del coronavirus.

Con este paquete de medidas, el Consistorio busca contribuir a paliar el efecto negativo que está teniendo sobre la economía la interrupción de la actividad normal, provocada por las medidas excepcionales de restricción de movimientos, y que está ocasionando el cierre de negocios y multiplicando los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo.

En concreto, se amplían en dos meses los plazos de pago en periodo voluntario de los recibos correspondientes a diversos tributos municipales (salvo el segundo plazo del IBI, que se amplía un mes para no superar el ejercicio actual). Dichos tributos y los nuevos plazos de pago son los siguientes:

- Impuesto de Vehículos: 1 marzo-30 de junio (cargo en cuenta 1 de julio)

- Impuesto Bienes Inmuebles (urbana):

Primer plazo: 1 abril-31 de julio (cargo en cuenta 1 de agosto).

Segundo plazo: 1 septiembre-30 de noviembre (cargo en cuenta 1 de diciembre).

- Tasa de recogida de Basuras: segundo plazo: 1 julio-31 octubre (cargo en cuenta 2 de noviembre)

Además, los fraccionamientos de pago actualmente en vigor, y los que desde ahora se puedan tramitar, relativos a deudas inferiores a 30.000 euros, sin garantía, y hasta por un periodo máximo de 12 meses, se concederán sin intereses.

Del mismo modo, los aplazamientos de pago a 3 meses ampliarán su plazo hasta los 6 meses, también sin intereses y sin garantías.

Respecto de la Tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa (terrazas), se deducirá de su importe la parte proporcional que corresponda al período en que no se haya podido instalar la terraza a consecuencia de la actual situación, procediéndose, en su caso, a la correspondiente devolución de ingresos indebidos.

Asimismo, se ampliará el período de cobranza de las liquidaciones pendientes de pago en dos meses. Y se analizará con el sector hostelero el establecimiento de una reducción sobre la cuota total a pagar por establecimiento, a la vista de la evolución de la situación y de su impacto final sobre el sector.

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