Además de solicitar más pasos de peatones, solicitan la actualización de la Ordenanza Municipal de Seguridad Vial
La asociación vecinal Astormi de Santa Marta de Tormes,se ha dirigido al Ayuntamiento, atendiendo a la petición de nuestros vecinos, pidiendo que el paso de cebra de la Calle Ignacio Ellacuría, que hay a la altura del Pasaje de la Calle Mirat, sea sobrealzado para disminuir la velocidad de los vehículos y aumentar la seguridad de los peatones y niños que transitan hacia el Centro de Salud cercano y al parque infantil allí ubicado, también que se ponga un paso de cebra al final de la misma calle, actualmente inexistente, muy necesario para acceder al centro de salud cómo para cruzar la misma calle y que se instale una señal de limitación de velocidad acorde con las dotaciones existentes en ella.
Astormi también se ha dirigido al Ayuntamiento para reclamar mayor seguridad para los peatones en las aceras y en las zonas peatonales del municipio, para evitar una desgracia como ha ocurrido en Salamanca en que un vehículo ha atropellado a un peatón en una zona peatonal.
Astormi ha pedido al Ayuntamiento que actualice la Ordenanza Municipal de Seguridad Vial de 2008 y que en ella recoja la prohibición absoluta de circulación de los VMP por las aceras y zonas peatonales a igual que se ha hecho en otras ciudades, y que aquellas sean exclusivamente para los peatones, también hemos pedido que se amplíen los carriles bicis para mayor seguridad de sus usuarios.
Las nuevas formas de movilidad privada, como los patines eléctricos y otros Vehículos de Movilidad Personal (VMP) (monopatines eléctricos, hoverboard? etc.), que pueden sustituir al coche en trayectos cortos urbanos están provocando, al circular muchas veces por las aceras y por las zonas peatonales, un grave peligro de atropello del peatón.
El peatón es el usuario más vulnerable de la vía y se le debe proteger, y teniendo en cuenta especialmente el mayor riesgo de vulnerabilidad de las personas con discapacidad y con movilidad reducida, el Ayuntamiento debe velar porque las aceras y los espacios peatonales sean seguros para ellos, evitando la circulación de vehículos por las aceras y zonas peatonales por el elevado riesgo de atropellos, como recientemente ha ocurrido en Salamanca capital.
En la regulación de los VMP hay una situación de vacío legal en muchos casos, dado que, si bien existe una Instrucción de la Dirección General de Tráfico (DGT) sobre estos VMP, (INSTRUCCIÓN 2019/S-149 TV-108), son los Ayuntamientos, mediante sus ordenanzas municipales, los encargados de regularlos y establecer las normas de convivencia de estos vehículos.
Para ello el Ayuntamiento tiene que tener en cuenta el artículo 121.1 del Reglamento General de Circulación al fijar que las zonas peatonales son los espacios de circulación exclusiva de los peatones, que puesto en relación con los apartados 4 y 5 del mismo artículo, se puede concluir que está prohibida la circulación de toda clase de vehículos por las aceras y demás zonas peatonales.
También tiene que recoger las "Recomendaciones de la FEMP sobre la acera y la prioridad peatonal" de la Federación Española de Municipios y Provincias, aprobada mediante acuerdo de su Junta de Gobierno de 29 de octubre de 2018 en las que, entre otras consideraciones, refuerza la acera como espacio del peatón. El Ayuntamiento también tiene que tener en cuenta lo señalado por la Fiscalía de Sala Coordinadora de Seguridad Vial, con fecha de 13 de diciembre de 2018, dando instrucciones a las Policías Locales sobre tratamiento penal a la accidentalidad en vías urbanas, incluyéndose apartados específicos relativos a los usuarios de VMP.