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El público sólo podrá llegar hasta la Ermita de Valhondo en el encierro a caballo
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CIUDAD RODRIGO , BANDOS CARNAVALEROS

El público sólo podrá llegar hasta la Ermita de Valhondo en el encierro a caballo

Actualizado 18/02/2020
David Rodríguez

La nueva zona de expansión tras el cambio del encierro a caballo es la única novedad en los bandos carnavaleros

El Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo difundió en la mañana del martes el habitual doble bando con motivo del Carnaval, uno de carácter general, con indicaciones variadas sobre todo relativas a la seguridad, y otro centrado en los eventos taurinos, con una serie de indicaciones para corredores y espectadores. En esta primera ocasión que van firmados por Marcos Iglesias como alcalde, los Bandos vuelven a tener una línea continuista, salvo por una novedad, relativa al encierro a caballo.

Como ya se expuso en la rueda de prensa posterior a la reunión de la Junta Local de Seguridad Ciudadana, el cambio del recorrido del encierro hace que se establezca una nueva zona de expansión, donde no puede haber público ni dentro ni fuera del recorrido. Como en la anterior etapa en la cual el encierro bajaba por la calleja de Valhondo, esta zona de expansión irá desde el punto de salida del encierro, la finca Casasola, hasta el tramo próximo a la Ermita de Valhondo (alrededor de 2,5 kilómetros).

En cualquier caso, el público podrá volver a pisar parte del tramo de campo, algo que no ocurría desde 2015 (en los últimos años, no se podía pasar de la Puentecilla). La zona de expansión estará delimitada convenientemente por la Policía Local. Respecto a ese encierro a caballo, como es habitual estará prohibida la bajada de animales por la Avenida Conde de Foxá (del número 160 hacia adelante) a partir de las 10 de la mañana (los caballos deberán bajar antes de esa hora) así como de vehículos a motor.

En lo que respecta a la totalidad de los encierros, no podrá haber vehículos aparcados en el recorrido de los mismos desde 2 horas antes de su inicio. Si hay alguno, el Ayuntamiento los retirará y los propietarios serán sancionados. En el global del Carnaval, se recomienda, "dadas las características de los eventos" con grandes concentraciones de público, evitar el uso de vehículos y realizar los desplazamientos a pie.

Como otros aspectos generales, se recuerda que los daños que se pudieran causar a personas o a bienes por el uso de locales y edificios como peñas serán responsabilidad de los propietarios de los locales. Además, está prohibida la instalación de altavoces y cualquier sistema de sonido en la vía pública.

De igual modo, se pide "comprensión ciudadana" ante las medidas que pudieran adoptar las fuerzas y cuerpos de seguridad para prevenir y garantizar el desarrollo de los eventos. Como es lógico, no se pueden ocupar los espacios reservados en encierros y en la Plaza Mayor a los servicios de la Plaza y a las autoridades gubernativas.

En torno a esos eventos, siguen vigentes las prohibiciones habituales: no se pueden tener maderas, escaleras, palets o carros dentro del recorrido, y no se pueden tener abiertas puertas o portales de los edificios situados en el recorrido de los encierros, siendo responsables de ello los usuarios o inquilinos de los mismos.

Respecto a los andamios, plataformas metálicas y otros elementos similares, estas estructuras deberán dejar 1,5 metros de separación con las agujas, y como máximo podrán tener una altura de 1,80 metros, no pudiendo en ningún caso entorpecer la visión de los edificios colindantes. Además, las plataformas elevadoras no podrán hacer uso de su sistema de elevación, quedando instaladas en su altura mínima. Sea cual sea el tipo de estructura, no podrán tener lonas, telas o plásticos.

Las medidas habituales para los eventos taurinos

El segundo de los bandos, el destinado específicamente a corredores y espectadores de los eventos taurinos, recoge como en años anteriores los artículos referidos a esos colectivos que aparecen en el Reglamento del Carnaval.

En esos artículos se expone, por ejemplo, que no pueden participar en los espectáculos taurinos los menores de 18 años; las personas que muestren síntomas de embriaguez, intoxicación por drogas o enajenación mental; los que por su condición física o psíquica puedan correr un excesivo peligro; los que tengan un comportamiento que pueda provocar situaciones de riesgo; o los que porten objetos o útiles que puedan dañar a los animales o perjudicar el buen desarrollo del espectáculo.

Respecto al desarrollo de los encierros, se recuerda que está prohibido "herir, pinchar, golpear, sujetar o tratar de cualquier otro modo cruel a las reses", así como "cortar la marcha del toro, a la salida de los encierros y desencierros, volverlo, agarrarlo del rabo o cualquier otra maniobra con la intención de que se quede emplazado" además de prohibirse citar a los toros durante los encierros y desencierros.

En la Plaza Mayor, está prohibido "el cite al toro desde los burladeros, en particular a la salida de los toriles", así como "subirse a las puertas que cierran el coso taurino y que dan acceso a las distintas calles de la Plaza Mayor". Asimismo, los participantes tampoco se podrán subir "a los burladeros reservados al servicio de plaza, dado que no dispondrán de estribo".

Asimismo, se prohíbe portar cámara de fotos o de vídeo, el uso de teléfonos móviles "o portar objetos voluminosos que impidan el buen desarrollo o que estorben a los demás participantes, como mochilas, paquetes, etc.". De igual modo se puede expulsar de los recintos taurinos "aquellos que molestaren u ofendieran a otros y perturbaren gravemente el desarrollo de los festejos taurinos y requeridos por ello persistieran en su actitud".

En este bando se recogen las posibles sanciones a las que se exponen los que incumplan esas prohibiciones. Si son consideradas infracciones leves, la multa puede ser de hasta 750?; si son graves, de 751 a 1.500?; y si son muy graves, de 1.501 a 3.000?.

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