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Abiertas las ayudas de la Junta para el desarrollo de empresas agrarias por parte de jóvenes
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solicitudes hasta el 16 de marzo

Abiertas las ayudas de la Junta para el desarrollo de empresas agrarias por parte de jóvenes

Actualizado 17/02/2020
Redacción

Estos planes de mejora deben ser compatibles con las exigencias de protección del medio ambiente y de higiene y bienestar animal

Las ayudas tienen como finalidad fomentar el desarrollo de empresas agrarias por parte de jóvenes empresarios y apoyar, en su caso, los planes de mejora que se realicen en las mismas, a través del apoyo financiero, en el ámbito de Castilla y León, compatibilizando las producciones agrarias con las exigencias de protección del medio ambiente y de higiene y bienestar animal, que permita propiciar la ordenación de la economía regional, con influencia directa en la política de empleo generado o inducido.

¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?

Solicitud, en modelo normalizado, a través de la aplicación electrónica "G.E.M.A.".

Podrán combinarse, en una misma solicitud, las ayudas de la submedida 6.1 con la submedida 4.1, cuando el solicitante sea una persona física que acceda a la titularidad de una explotación individual o que se instale como cotitular con las condiciones recogidas en la orden de bases.

En el caso de que la instalación se produzca en una explotación de titularidad asociativa o en una Titularidad Compartida (TC), se presentarán tantas solicitudes de ayuda acogidas a la submedida 6.1 como jóvenes se pretendan instalar pudiéndose presentar, adicionalmente, una solicitud de la submedida 4.1 cuyo titular será la entidad asociativa o TC que corresponda.

La acreditación del cumplimiento, por parte de los beneficiarios, de los requisitos y compromisos establecidos para cada una de las líneas de ayuda, se hará mediante la presentación y registro, de los documentos enumerados en el anexo VI que sean de aplicación. De igual manera, la aplicación electrónica «G.E.M.A.» permitirá el anexado de documentos digitalizados.

PLAZO DE RESOLUCIÓN:

El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 6 MESES, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, entendiéndose desestimadas las no resueltas y expresamente notificadas en dicho plazo.

Mas información aquí

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