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Sobre el veto parental
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Sobre el veto parental

Actualizado 12/02/2020
José Alfredo Pérez Alencar

Sobre el veto parental | Imagen 1

El partido de Santiago Abascal nos trae de la mano esta iniciativa, consistente en la posibilidad que tendrán los padres de no permitir la asistencia a talleres o charlas relativas a contenidos como la educación sexual y afectiva, el medio ambiente, la violencia machista, el acoso escolar, el acoso homófobo, los abusos sexuales o los embarazos adolescentes. En resumen, temas que están a la orden del día y que han experimentado grandes avances, ya no sólo en materia jurídica sino a nivel social, y cuya transmisión puede favorecer el seguimiento de los principios que promueven en la educación como el expuesto en la LO 2/2006 de Educación en su art.1.c): "La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación."

Trata de ser una extensión del llamado pin parental, el cual pretende ser una herramienta con la que los padres eviten el acceso de los hijos a ciertos contenidos cibernéticos, es decir, un método de protección. En el caso del veto parental se habla de la información, pero se puede ir más allá, pues también entra en escena la protección del menor. Pensemos en los abusos sexuales en el entorno familiar y, no sólo ahí: también podemos pensar en los múltiples casos en los que la Iglesia está involucrada o, incluso, en actividades deportivas dónde el personal responsable, en más de una ocasión, ha cometido delitos sexuales. También tengamos en cuenta el bullyng que sufren algunos niños y adolescentes en los colegios. No se trata de implantar una sexualidad o una postura acerca del medio ambiente; se trata de información, la cual se intenta contrarrestar erradicando la opción de la libre elección.

Sobre el veto parental | Imagen 2

El Art 10.1 CE establece: "La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social." Cito este principio constitucional, pues todos somos titulares de los derechos en ella contenida, pudiendo suscitarse la idea de una especie de censura a través de esta medida.

Siguiendo con la Constitución, la misma en su art. 27.3: "Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones." Esto puede llevar a contradicción, pues si pueden escoger la confesión religiosa que ellos procesan, por qué no van a poder decidir respecto a lo que deben conocer o no sus hijos. Pero aquí, en ningún momento se coacciona o se prohíbe a los hijos que conozcan otras religiones.

Esto último se deriva de la patria potestad entendida como los derechos y obligaciones que surgen para los padres, acentuándose el contenido con respecto de la filiación. Debemos traer a colación esta figura por dos motivos: El primero es que esta sujeción a los padres, acaba como regla general, en la mayoría de edad. En segundo lugar, el deber de un padre de dar sustento a su hijo, ¿acaso no equivale al de proporcionarle la mejor educación posible? Y es por eso, que no sólo hablamos de los derechos, sino también de los deberes que se tienen con los hijos. En qué manera sería viable, que causas que dan lugar a la privación de esta relación jurídica, no pudieran ser objeto de conocimiento para potenciales víctimas de las mismas.

Es cierto, y además necesario, que los padres deben de ser conocedores de las actividades que van a llevar a cabo sus hijos durante el año. Dicha cuestión ya es regulada por la LOMCE, cuando señala, en su artículo 121.3: "Los centros establecerán sus proyectos educativos, que deberán hacerse públicos para facilitar su conocimiento por el conjunto de la comunidad educativa", y llevada a cabo si no por todos, en la inmensa mayoría de centros. Se han de separar las actividades complementarias, que son obligatorias y evaluables, de las extraescolares. Con respecto a ello, a su vez, también debe señalarse la diferencia entre los centros concertados y los centros públicos. En los primeros es obvio que se ha de respetar su ideología, el problema radica en tratar de implantar una medida de este calibre a los segundos.

Sobre el veto parental | Imagen 3

Hay temáticas que sí son aptas para ser compartidas con todas las edades; otras no. En este punto sí que debería de existir un baremo, en torno a la madurez del menor, lo cual resultaría una ardua tarea. Mas si se estima madurez en un niño para manifestar con qué progenitor quedarse cuando hay una crisis matrimonial, también habría que tenerse en cuenta un baremo a la hora de que decida él, o en sede de responsabilidad civil extracontractual, en la que cada vez es más creciente la visión de que el menor se haga cargo de sus actos frente a la responsabilidad objetiva que tienen los padres.

En definitiva, se puede ser más o menos progresista, pero está claro que las pautas sociales imperantes van cambiando a lo largo de la historia. Ya no nos encontramos en los años 60 del siglo pasado. Tampoco se trata de dar la razón a unos o a otros: el debate ya lo ha conseguido este proyecto, harto pragmático, sin siquiera una endeble base teórica, reabriendo las fisuras de problemas no tan lejanos.

Conocer la diversidad que nos ofrece el mundo o el hecho de estar prevenidos ante asuntos que puedan resultar traumáticos si se padecen, no me parece un peligro sino más bien un escudo en el que ampararse. Hoy en día, los niños y las niñas cada vez más a una edad muy temprana, se ven expuestos a lo que la sociedad les muestra. En definitiva, si lo que quieren promover es la tiranía de la desinformación, podrían urdir una medida para prohibir que los menores salgan de casa, valga la ironía.

Esta medida, de incansables dimensiones políticas, nos muestra hechos que en la prensa se han establecido como cotidianos. Desde la respuesta del gobierno, a través de la ministra Isabel Celaá, que recurrirá por vía judicial el veto parental, hasta el apoyo dado por el líder del principal partido opositor con palabras tales: "¿Lo que me están diciendo es como a las familias en Cuba, que los niños son de la Revolución? ¿Vamos a llegar también a que los niños delaten a sus padres si no son buenos revolucionarios?". No creo que haga falta que sean revolucionarios, basta con que desde temprano puedan gestar ideas propias.

Realmente cabe preguntarse, si estas facciones pretenden la protección del menor en las aulas o, simplemente, es otro intento más de atacar cuestiones que para sus miembros resultan -por llamarlo de alguna manera- "espinosas". De todas formas, debería dar igual el posicionamiento que uno u otro tengan, pues parecen olvidar que este tipo medidas, ya que afectan directamente al menor, deberían construirse en aras de su beneficio. Culminando con la mención del artículo 154 Código Civil, que dice: "? La patria potestad, como responsabilidad parental, se ejercerá siempre en interés de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y con respeto a sus derechos, su integridad física y mental", para resaltar que debería ser la principal fuente que inspire la actuación de aquellos que tengan en su poder la formación de los que un futuro serán engranajes necesarios de nuestra saciedad.

Sobre el veto parental | Imagen 4

Diego Reina y sus alumnos murcianos. Reina es el primer profesor objetor del veto parental. Ha sido Consejero de Educación de dicha Comunidad por el PP.

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