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Más del 87% de las armas autorizadas en Salamanca son para caza menor
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REQUISITOS PARA CADA TIPO DE LICENCIA

Más del 87% de las armas autorizadas en Salamanca son para caza menor

Actualizado 02/09/2019
Redacción

En cuanto a las licencias de armas, aproximadamente el 68% en la provincia de Salamanca corresponde a las licencias de Tipo E (uso de armas largas de ánima lisa, escopetas de caza)

Más del 87% de las armas autorizadas en la provincia de Salamanca son para caza menor, tal y como reflejan los datos de la Guardia Civil correspondientes al primer trimestre de 2018. Así, del total de armas autorizadas (16.212), más de 14.000 son armas largas para caza menor. Las armas largas rayadas para caza mayor (rifles) autorizadas se sitúan en torno a las 2.000 (en concreto, 1.987 en el primer trimestre de este año) y, en menor medida, las armas para tiro deportivo (291) o para vigilancia de guardería (47), licencia esta última reservada a los vigilantes de seguridad y escoltas privados, a los vigilantes de explosivos y a los guardas rurales.

En cuanto a las licencias de armas, según datos del Instituto Armado, aproximadamente el 68% en la provincia de Salamanca corresponde a las licencias de Tipo E (uso de armas largas de ánima lisa, escopetas de caza). Del total de licencias (más de 9.500), 6.512 son de Tipo E. Le siguen las licencias Tipo D (uso de rifles y armas largas rayadas), con unas 2.500; las de Tipo C (uso de armas de empresas de seguridad privada, en torno a las 200; y las Tipo F (uso de armas de tiro deportivo) y Tipo TE (uso de armas de tiro olímpico), algo más de un centenar cada una de ellas. En cuanto a las autorizaciones tipo M (menores), en el primer trimestre del año eran 20.

No solo hay que contar con licencia -expedida por la Guardia Civil-, sino que tanto las personas físicas como jurídicas que posean armas de fuego documentadas con licencias están obligadas a declarar, inmediatamente la pérdida, robo, destrucción o sustracción de las mismas o de su documentación; guardarlas en lugar seguro y adoptar las medidas necesarias para evitar su pérdida, robo o sustracción; y presentar las armas a las autoridades gubernativas o sus agentes, siempre que les requieran para ello.

Requisitos para poseer un arma

Para poseer cualquier tipo de arma, es necesario que la persona esté en condiciones de controlarla y comportarse de forma que no cause ningún peligro. En ningún caso se les concederá a aquellas personas cuyas condiciones físicas o psíquicas les impidan su utilización y será necesario acreditar la posesión de aptitudes físicas y psíquicas a través de un informa de aptitud.

Para cada tipo de licencia existen requisitos diferentes. Por ejemplo, en el caso de armas de tipo B (armas cortas y revólveres), tal y como recoge Europa Press, es necesario er mayor de edad, ser español o extranjero con residencia en España, enviar una solicitud con los motivos que, en opinión del interesado, justifican tener un arma corta y un certificado de aptitudes psicofísicas, certificado de antecedentes penales, certificado de antecedentes por violencia de género, fotocopia de DNI y justificante de haber pagado la tasa.

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