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Las novedades de la ley hipotecaria que entrará en vigor el 16 de junio
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Las novedades de la ley hipotecaria que entrará en vigor el 16 de junio

Actualizado 19/05/2019
Redacción

Tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y cuatro desde su aprobación en el Congreso de los Diputados

El próximo 16 de junio entra en vigor la nueva ley de contratos hipotecarios (Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario), tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y cuatro después de su aprobación en el Congreso de los Diputados. Y no es la única demora, porque la reforma hipotecaria ya acumulaba un retraso de tres años respecto al último plazo dado por la UE para la equiparación de la protección del consumidor bancario en nuestro país al del resto de europeos.

¿Qué cambia con la entrada en vigor de la nueva ley hipotecaria? Entre los puntos más destacados, establece el reparto de gastos entre el consumidor y la entidad financiera, se abaratan los intereses de demora y de amortización anticipada y aumentan los meses de impago antes de que se ejecute un contrato hipotecario.

Principales novedades de la ley hipotecaria

  • El banco asume los gastos asociados a la formalización de una hipoteca, salvo la tasación.
  • Las entidades financieras podrán seguir cobrando la comisión de

    apertura del préstamo.

  • Aumentan a 12 los meses de impago para ejecutar un contrato hipotecario (paso previo a un posible desahucio), o el 3% del capital concedido si el impago se produce en la primera mitad del préstamo y a 15 meses (o el 7% del capital concedido) a partir de entonces.
  • Las entidades financieras deberán evaluar con más rigor la solvencia del cliente.
  • No se podrá obligar al cliente a contratar junto a la hipoteca otros productos (seguros de hogar y de vida, tarjetas...).
  • En las hipotecas variables, la cancelación de deuda se gravará con una comisión del 0,25% sobre lo amortizado (a partir del tercer año) o del 0,15% (a partir del quinto). las hipotecas a tipo fijo, el máximo a cobrar será un 2% sobre lo amortizado durante los primeros 10 años del préstamo y un 1,5% si se realiza después.
  • Asesoramiento gratuito por parte del notario antes de la firma del contrato de hipoteca.
  • El cliente dispondrá de su contrato un mínimo de diez días antes de la firma.
  • El cliente podrá subrogar sin costes y libremente su hipoteca.
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