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El Estado se hace cargo de la herencia de tres salmantinos en el último año
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EL posterior rEPARTO SE HACE POR LEY

El Estado se hace cargo de la herencia de tres salmantinos en el último año

Actualizado 08/05/2019
Redacción

Con la publicación en el BOE del procedimiento de declaración de la Administración General del Estado como heredera abintestato se abre un plazo de un año para posibles reclamaciones

Un inmueble situado en la calle del Rosario de Salamanca es el legado de una salmantina que, a falta de otros herederos legítimos, pasará a manos del Estado. No es lo habitual, pero tampoco una excepción que la Administración General del Estado sea declarada heredera abintestato de los bienes de una persona cuando fallece sin haber hecho testamento y sin herederos. El caso de esta herencia corresponde a uno de los tres procedimientos de declaración administrativa del Estado como heredero abintestato iniciados en Salamanca en el último año, tal y como consta en el portal del Ministerio de Hacienda. Desde que se inicia el procedimiento, y una vez publicado el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se abre un plazo de una duración máxima de un año para que si alguna persona considera que tiene derecho a la herencia pueda presentar alegaciones.

Hijos, padres, cónyuges, hermanos, sobrinos..., cuando acaba la lista sucesoria el que hereda es el Estado, quien una vez recibida la reparte conforme a lo establecido por Ley: Un tercio a favor instituciones benéficas municipales, otro tercio a favor de instituciones benéficas provinciales y el último tercio a favor de la deuda pública salvo que el Consejo de Ministros determine otra aplicación.

Pero antes de esto, hay todo un procedimiento administrativo que se inicia en la delegación de Hacienda de la ciudad donde la persona fallecida haya tenido el último domicilio, y siendo la encargada de recabar la relación del patrimonio o bienes del fallecido y de aportar las pruebas de los derechos del Estado como heredero abintestato. Toda esta documentación es remitida a la Dirección General de Patrimonio del Estado, dependiente del Ministerio de Hacienda, para dar continuidad al procedimiento.

Según los datos correspondientes al conjunto del país, en el año 2017 en 36 casos se reconoció la declaración de heredero abintestato a favor del Estado.

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