Los solicitantes seleccionados tienen un mes para acreditar que han pagado las mensualidades de enero a diciembre de 2018 a través de una oficina bancaria
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, que gestiona los programas de Vivienda, ha publicado el listado de personas que percibirán las ayudas de la última convocatoria pública de apoyos al alquiler de vivienda en Castilla y León. La resolución supone el inicio del cobro de 15,18 millones de euros.
El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica en su edición de hoy, viernes 11 de enero, la relación de beneficiarios (se puede consultar pinchando aquí). Estos deben presentar en el plazo de un mes, a contar desde la publicación oficial, la documentación que justifica el pago de la renta correspondiente a todo el periodo que la Junta de Castilla y León subvenciona: de enero de 2018 a diciembre de 2018, ambos meses incluidos.
La línea de subvenciones está orientada a "sectores de la población con escasos medios económicos" y sufragará el 40% de la renta del alquiler a aquellas familias que resulten beneficiarias y hasta el 50% en el caso de mayores de 65 años o menores de 35.
La cuantía concedida se establece sobre un porcentaje del montante que la familia abona por el alquiler y oscila entre 144 y 3.000 euros, aunque la mayoría se sitúa en el entorno de los 1.000 ó 1.200 euros. Entre los requisitos para percibir la subvención, el principal era el límite de renta. El tope máximo es de 22.558,77 euros anuales, que es 3 veces el indicador Iprem, frente a anteriores convocatoria de 2,5 veces y 18.796 euros.
Es especialmente importante que ese pago se haya realizado a través de una oficina bancaria, bien mediante transferencia, domiciliación o ingreso en ventanilla en la cuenta del arrendador. No valen pagos en mano. En el documento que acredite ese abono debe figurar la identificación completa de la persona que lo realiza (titular del contrato o integrante de la familia) y a quien paga el alquiler.
En el caso de que el arrendador de la vivienda no coincida con la persona que recibe el pago, deberá acreditarse documentalmente la relación existente entre ambos mediante documento que acredite la misma, o en su defecto, mediante declaración responsable.
Si esta documentación que justifica que se ha pagado el alquiler no se presenta completa y en plazo, el beneficiario perderá el derecho a recibir la ayuda, totalmente o en las mensualidades que no estén correctamente acreditadas.
La ayuda es para viviendas que son domicilio habitual y con unas características concretas. Tienen que ser alquileres completos, no se subvenciona el arrendamiento de una habitación, por ejemplo, o los de locales usados como vivienda. La Junta establece un tope de renta máxima, que ha actualizado en esta edición. Frente a recibos mensuales que oscilaban entre los 350 y los 475 euros de la convocatoria anterior, la Consejería que dirige Juan Carlos Suárez-Quiñones sube esas cantidades y las sitúa entre los 375 y los 500 euros.
La primera cuantía es para alquileres de municipios netamente rurales. La segunda, para las capitales con los arrendamientos más caros: Valladolid, Salamanca, Burgos y Segovia. Entre medias se sitúan dos 'cortes' más. Uno, de 450 euros para el resto de ciudades. El otro, de 425, para localidades intermedias.
La regulación de los requisitos de esta ayuda es fruto de la negociación de la Junta con los sindicatos UGT y CC OO y la patronal autonómica Cecale en el marco de los acuerdos del Diálogo Social.