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El TSJCyL condena al alcalde de San Pedro de Rozados por vulneración de derechos fundamentales
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El TSJCyL condena al alcalde de San Pedro de Rozados por vulneración de derechos fundamentales

Actualizado 29/11/2018
Redacción

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León da la razón al PSOE porque Lucio Rodríguez negó que el portavoz del Grupo Socialista ejerciera su labor

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León da la razón al PSOE y sentencia que el alcalde popular de este municipio, Lucio Rodríguez, infringió un derecho fundamental reconocido en la Constitución al negar que el portavoz del Grupo Socialista ejerciera su labor como cargo público en un Pleno municipal.

La sentencia impone también las costas del proceso en su totalidad a cargo del Ayuntamiento de San Pedro de Rozados, "lo que supondrá un despilfarro de dinero público que sale del bolsillo de todos los vecinos por la actitud empecinada y caciquil del alcalde que antepone sus intereses partidistas a cualquier lógica y coherencia democrática", explican los socialistas.

Comunicado del PSOE de Salamanca

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, TSJCyL, ha emitido una sentencia en la que condena al alcalde del PP en el municipio salmantino de San Pedro de Rozados, Lucio Rodríguez, por violar y vulnerar derechos fundamentales reconocidos por la Constitución española.

La sentencia del TSJCyL confirma que el alcalde popular Lucio Rodríguez infringió un derecho fundamental reconocido por la Constitución al expulsar al portavoz del Grupo Socialista en el Ayuntamiento de San Pedro de Rozados, Rubén Sanz, de un Pleno Extraordinario celebrado en el Ayuntamiento de ese municipio el pasado mes de junio, impidiéndole participar y tomar parte en el mismo, al que había sido convocado, y privándole de sus derechos constitucionales inherentes a su condición de elegido por los electores, evitando o prohibiendo que pudiera defender los derechos de los vecinos que son, en definitiva, a los que representaba.

La sentencia declara nula dicha expulsión, por vulnerar y violar un derecho fundamental reconocido en la Constitución Española en su artículo 23, además de condenar al alcalde del PP a retroceder en sus actuaciones a fin de que el concejal del PSOE, Rubén Sanz, pueda participar en la sesión del Pleno del que fue expulsado y, argumentar, deliberar y votar en relación a los puntos del orden del día que estuvieran establecidos.

El fallo de la Justicia añade y condena también al Ayuntamiento de San Pedro de Rozados al pago de las costas judiciales al haber sido desestimadas sus pretensiones impugnatorias, sin que se aprecie que concurra ninguna circunstancia que, en esta materia, aconseje adoptar otra resolución. Por tanto, una vez más, la actitud caciquil y empecinada del alcalde popular, Lucio Rodríguez, obcecado en imponer sus intereses partidistas a los comportamientos democráticos que deben presidir cualquier actuación de un primer edil en el ejercicio de su cargo público, va a suponer un despilfarro de dinero público, que saldrá de las arcas municipales y por tanto del bolsillo de todos los vecinos, en vez de destinarse a cubrir las muchas necesidades que el pueblo hay por culpa de su nefasta gestión.

Esta sentencia del TSJCyL confirma la que ya emitió el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Salamanca, y falla contra el alcalde del PP, Lucio Rodríguez, condenándolo por segunda vez al desestimar el recurso presentado por el primer edil popular contra la sentencia condenatoria en primera instancia y que ya corregía el atropello cometido contra el concejal del PSOE en el Consistorio de San Pedro de Rozados.

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