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La rectora de la UPSA analiza las reformas legislativas de las normas generales de la Iglesia
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Cartas Apostólicas de Motu Proprio

La rectora de la UPSA analiza las reformas legislativas de las normas generales de la Iglesia

Actualizado 29/09/2018
Redacción

Mirian Cortés Diéguez participó como conferenciante en el Simposio 'Reformas legislativas en la Iglesia'

La rectora y profesora de la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad Pontificia de Salamanca, Mirian Cortés Diéguez, ha hecho una referencia a las tres Cartas Apostólicas de Motu Proprio del Papa Francisco que han modificado el texto de algunos cánones o han dado una interpretación a diversos cánones del Libro I de las Normas Generales del Código de Derecho Caónico.

En cuanto a la incidencia en las normas del Código, la rectora se ha referido al Motu Proprio de Concordia Inter Codices (31/05/2016), que modifica los cánones 111 y 112. Además, ha hecho una breve referencia al Motu Proprio Imparare a congedarsi (12/2/2018) con el que se regula la renuncia por motivos de edad de los titulares de algunos oficios de nombramiento pontificio que afecta al canon 189. Para finalizar, Cortés Diéguez se ha referido al Motu Proprio Come una madre amorevole (4/06/2016), que trata de la remoción por negligencia del desempeño de determinados oficios capitales.

Durante su intervención, la rectora recordó las palabras de San Juan Pablo II: "La Iglesia debe respirar planemente con sus dos pulmones, oriente y occidente", y ha indicado que, "el Papa Francisco tiene la misma concepción". Para Cortés Diéguez, la realidad de las Iglesias de oriente y occidente tienen su reflejo en el Derecho Canónico, que se manifiesta en la existencia del Código de Derecho Canónico para la Iglesia latina (CIC) y el Código de Cánones de las Iglesias orientales (CCEO). "La existencia de un patrimonio disciplinar común, compartido por todas las iglesias orientales, fundamenta la existencia de este código común, que no perjudica nada el legítimo derecho particular, propio de cada una de estas iglesias orientales".

Para la rectora, la respiración "con dos pulmones" ha de ser armónica "la armonía no está reñida con las diferencias entre unos y otros y no puede pretender anular esas diferencias. Así como la diversidad no puede justificar una total incomunicación, porque esto no sería Iglesia".

La realidad de la Iglesia cambia de forma veloz y según la rectora "uno de los cambios más significativos es la emigración, que ha determinado un número significativo de católicos orientales en territorios latinos, a los que hay que facilitar la vivencia de su fe según su tradición".

Como ha explicado, en territorio de la Iglesia latina hay fieles orientales (hasta 22 iglesias) sui iuris autónomas con adscripción a su propia iglesia "de ahí la necesidad de concordia entre las Iglesias para facilitar las relaciones entre fieles. Facilitar que los fieles orientales puedan conservar sus propios ritos, buscando un justo equilibrio y una sana colaboración para evitar conflictos. Además, se busca custodiar los ritos orientales para que no se pierdan". Y posteriormente, ha explicado los principales puntos de la reforma: la incorporación al Código latino del concepto de Iglesia sui iuris; la revisión de las normas sobre adscripción a una Iglesia sui iuris latina u oriental por el bautismo; y establecer un procedimiento de tránsito de una Iglesia a otra.

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