Además de las compensaciones automáticas, pueden exigir la devolución de los gastos, la reclamación por daños causados e incluso perjuicios morales
Huelgas, cancelaciones de vuelos, retrasos injustificados, negativa de embarque y problemas con el equipaje son algunos de los inconvenientes que están viviendo los viajeros de la compañía de transporte aéreo 'Ryanair'. Según la OCU, los clientes afectados no deben conformarse y tienen derecho a ser recompensados e incluso indemnizados.
Afectados por la huelga
Según la OCU, los viajeros afectados por las huelgas del personal de Ryanair, además de las compensaciones automáticas por la cancelación del vuelo, pueden tener derecho a que la indemnicen por otros conceptos, entre ellos están la devolución de los gastos, reclamación por daños causados, incluso perjuicios morales.
Compensaciones tras quedarse en tierra
Cuando se cancela un vuelo o se produce un gran retraso, sea o no responsabilidad de la compañía aérea, los usuarios tienen derecho a información, asistencia y a una compensación, que varía en función de la distancia y el destino (oscila entre los 250 euros y 600 euros por pasajero). Las únicas excepciones para recibir la compensación son:
Dichas compensaciones entre 250 y 600 euros se reducirán a la mitad si el transporte alternativo ofrecido llega con un retraso inferior a 2, 3, o 4 horas..
Una huelga no es causa extraordinaria
Aunque las compañías suelen considerar que las huelgas son circunstancias excepcionales y se amparan en ello para no abonar a los viajeros afectados las indemnizaciones, la justicia no lo ve así: las huelgas legales del personal de vuelo o de los pilotos no pueden considerarse extraordinarias: su gestación es de dominio público y la compañía debe tomar medidas para paliar las previsibles molestias a los viajeros.
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