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Reclaman a la Consejería que rectifique y permita la quema de rastrojos de cereales
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Reclaman a la Consejería que rectifique y permita la quema de rastrojos de cereales

Actualizado 20/07/2018
Redacción

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anuló la Orden, tras el recurso presentado por un grupo ecologista

El Boletín Oficial de Castilla y León, Bocyl , publica este viernes la declaración nula de pleno derecho de la Orden AYG/887/2016 que autorizaba como medida fitosanitaria la quema de rastrojos de cereales en Castilla y León, y por lo tanto la prevención de las cada vez más frecuentes plagas, incluidas las malas hierbas, y enfermedades en los cultivos de Castilla y León.

La Alianza UPA-COAG lamenta que la Junta "siga sin escuchar nuestras peticiones y hasta la fecha no haya retomado las acciones para poder quemar rastrojos, puesto que va a generar muchos problemas a los agricultores en un año como éste con sobreabundancia de vegetación y malez por las continuas precipitaciones. Esto va a ocasionar una insoportable presión de plagas y enfermedades, tanto desde el punto de vista económico como de la pura gestión técnica al dificultarse la realización de labores".

Por este motivo, considera un despropósito que se anule dicha Orden, ya que se trata de una normativa que recogía una medida de carácter excepcional y que no buscaba otra cosa más que compatibilizar las actividades socioeconómicas del mundo rural con la protección más sostenible que se puede ser capaz de ofrecer de forma viable al medio ambiente. Esta práctica, que permitió realizar una adecuada gestión de cultivos en 2017 lo suficientemente constatada en los resultados en campo, sin embargo, quedó anulada a principios del presente año por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León dictada tras el recurso presentado por un grupo ecologista.

Cabe recordar que el uso del fuego se autorizó únicamente en determinadas comarcas y para parcelas lo suficientemente distantes de masas forestales y zonas red natura, así como tomando toda una amplia serie de precauciones. Tan es así que fuera de las parcelas en que se empleó el fuego como medida de gestión no hubo que lamentar pérdida medioambiental alguna que fuera motivada por quemas autorizadas conforme a la normativa que las reguló.

Esta medida que ahora queda anulada va a suponer que solo se pueda quemar como se venía haciendo hasta antes de 2016, y por lo tanto únicamente con la autorización puntual para determinadas parcelas y siempre bajo previo autorización de los Servicios Territoriales, y siempre que haya un motivo fitosanitario que lo justifique.

La Alianza UPA-COAG recuerda que el fuego ha sido tradicionalmente empleado como medida fitosanitaria y dentro del correcto uso ha permitido la actual biodiversidad que aún pervive en nuestros campos, mucho mayor que la del resto de países de nuestro entorno. El 40% de la biodiversidad europea tiene representación en España, y el 60% de la biodiversidad española se puede encontrar en Castilla y León. Por ello, la Alianza hace un llamamiento a la Consejería para que rectifique y retome las medidas que sean necesarias y de nuevo se permita la quema de rastrojos como medida fitosanitaria en nuestra comunidad autónoma.

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