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Con pinzas y de puntillas: A propósito del Procés
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Con pinzas y de puntillas: A propósito del Procés

Actualizado 03/04/2018
Marcelino García

Durante estos cinco meses de mi residencia temporal en Barcelona y como "aprendiz" de politólogo no he podido evitar, como si por razón biológica fuera, empaparme del momento político que se vive en la región. Meses en los que la rabia, la vergüenza, la

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Rubén Cuéllar

Activista por los Derechos Humanos

Este artículo podría ser uno más de análisis u opinión sobre el Procés, sobre el origen, sobre el desarrollo, sobre el presente o el futuro del país, pero es inútil y muy cansado escribir algo sobre lo que ya han escrito académicos de todos los ámbitos de las ciencias sociales y sobre lo que cierta clase de tertulianos de toda ideología, en todo tipo de programas televisivos y columnas y editoriales de periódicos, se han pronunciado. Aquí me centro en las personas, más concretamente en líderes, en aquellos que se encuentran en Estremera y Soto del Real.

Su proceso y prisión preventiva ha producido en mí las emociones antes expuestas al mismo tiempo que un análisis más sosegado. El día en el que la jueza Carmen Lamela, de la Audiencia Nacional, dictó vía auto la prisión preventiva lo primero que se me pasó por la cabeza fue: "¡Ya está! Ya tenemos presos políticos." Momento de indignación y vergüenza. Lo que vino seguido de otro momento de abstracción: impedir una operación policial por mandato judicial podría constituir un delito contra el orden público o de desórdenes públicos, eso sí, (y después de echar un vistazo concienzudamente al Código Penal) de ninguna manera se puede atribuir un delito tan grave como el de sedición o rebelión, que además de conllevar el alzamiento tumultuoso o el uso de la violencia, son castigados con penas de entre 10 y 30 años de cárcel.

Amnistía Internacional, como siempre criticada por todos y usada para justificarse por los mismos, ya estableció que los Jordis no son ni presos políticos, pues no existe ni siquiera una definición a nivel internacional de esta figura, ni tampoco presos de conciencia, que es el término habitual utilizado por la ONG. Como entiende la organización en defensa de los Derechos Humanos, las presas de conciencia son aquellas "que no deberían ser castigadas en modo alguno, pero están privadas de libertad sólo por el ejercicio de sus derechos humanos (o por ciertos elementos de su identidad) y, por tanto, no han hecho nada que pueda interpretarse legítimamente como delito."

Definición que no es aplicable a los Jordis ya que cierta actuación, aunque claramente pacífica, es susceptible de ser delito. Lo que ha expresado últimamente Amnistía Internacional es el exceso que supone la aplicación de la privación de libertad preventiva por parte de la justicia a estos reos ante lo que parece ser una manifestación pacífica convocada por redes, y que en ningún caso se hizo un llamamiento a la violencia contra las autoridades (si no todo lo contrario), siendo los actos violentos y el destrozo de vehículos policiales algo no atribuible ni directa ni indirectamente a los líderes de la Asamblea Nacional Catalana y Omnium Cultural. Por todo ello, la organización pide la puesta en libertad provisional de los imputados y la retirada de los delitos de sedición y rebelión. Postura que comparto en plenitud.

En cuanto al ex Vicepresident, Oriol Junqueras, y al ex Conseller de Interior, Joaquim Forn, Amnistía tiene un parecer diferente, pues considera que estos, a diferencia de los Cuixart y Sanchez, pudieron cometer delitos legítimamente enjuiciables en el ejercicio de su cargo y en base a una extralimitación de las competencias legalmente establecidas. Como añadido, el referéndum declarado inconstitucional no supone una expresión ni de libertad de expresión ni de reunión.

Aun así, no deja de sorprenderme el mantenimiento en prisión preventiva de los dos ex altos cargos. Echando un vistazo al auto de denegación de libertad provisional de Joaquim Forn, es sorprendente que el único motivo apreciable que esgrime el juez para mantener dicha situación jurídica es el mero hecho de ser independentista en el contexto actual de Catalunya, o que en un pasado este contara con el apoyo del ex President de la Generalitat, o dicho de otro modo, que a pesar de que el ex Conseller ha renunciado públicamente a su vida política, el juez no da credibilidad a sus declaraciones. En cuanto a los delitos de rebelión y sedición, mi parecer es similar al explicado con los otros lideres independentista encarcelados, no parece que exista ningún atisbo de violencia, sino todo lo contrario, un llamamiento pacífico a movilizaciones en ejercicio del derecho de libertad de expresión y de reunión. Pensar en situaciones futuras que no se han dado resta credibilidad a la justicia española. No serán presos políticos ni de conciencia, pero las medidas restringen excesivamente ciertos derechos y es difícil de justificar los requisitos para la prisión preventiva, a saber, la reiteración del delito, la destrucción de pruebas y el riesgo de fuga.

Amnistía Internacional también exigió a las autoridades una investigación sobre el uso de la fuerza durante el referéndum del 1-O para determinar si hubo excesivo uso de la fuerza o un uso abusivo e incorrecto del material antidisturbios como fue el caso del hombre que perdió un ojo por el impacto de una pelota de goma. La organización, a la espera de alguna conclusión, pedirá responsabilidades públicas y medidas disciplinarias de demostrarse tal cosa, así como la justa indemnización a los damnificados.

No sigamos estirando el Estado de Derecho ni retorciendo el Código Penal, porque lejos de que la jurisprudencia del Tribunal Supremo pueda producir seguridad jurídica, parece que está produciendo todo lo contrario.

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