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Febrerito el corto
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DIÁLOGOS A PIE DE RÍO

Febrerito el corto

Actualizado 06/02/2018

Iniciamos un nuevo mes, se acabaron las fiestas y las rebajas, ahora iniciamos la cuesta de Febrerito el corto, que menos mal que tiene 28 días, comienza una nueva temporada y 11 meses por delante para poder disfrutar de todas las cosas buenas y no tan buenas que nos esperan este año, que viene cargadito de sorpresas.

La primera de las sorpresas nos la dieron con Santa Claus, San Nicolás o Papa Noel de regalo de Navidad, con la Orden FYM,1122/2017 con fecha de 14 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León el martes 26 de diciembre, demasiadas hojas para los pescadores que leer, porque entre leyes, órdenes, anexos provinciales y demás normativas y parafernalia, uno no sabe qué hacer ni como ir al río a disfrutar de la naturaleza, me refiero a pescadores deportivos de andar tranquilo.

Vamos a redactar lo más destacado a nuestro modesto entender, porque dice textualmente, cualquier ciudadano que disponga de la documentación exigida para ejercitar legalmente la pesca, definida en el artículo 11 de la ley 92013, de 3 de diciembre, podrá ejecutar actuaciones de control sobre dichas especies, ajustándose a los límites temporales, espaciales, procedimientos, métodos, cebos y señuelos definidos en la presente orden.

Se permite la posesión y el transporte temporal de ejemplares muertos de las especies declaradas exóticas hasta el lugar de su eliminación del medio natural, proceso que habrá de realizarse en el menor plazo posible y de acuerdo con la legislación sectorial sobre esa materia.

El cupo de capturas de trucha común en las aguas trucheras de acceso libre es cero capturas, al igual que en los escenarios deportivos sociales. El artículo 6, de cupos y vedas, en el apartado 6 dice: Barbos, bogas, bordallos, cachos, y madrillas, al objeto de no perjudicar a las poblaciones en su etapa prerreproductora, durante los meses de abril y mayo, el cupo será de cero, de forma que todos los ejemplares que eventualmente pudieran capturarse, cualquiera que fuese su talla, serán devueltos a las aguas de forma inmediata, procurando ocasionarles el mínimo daño en su manejo. El resto del año, 6 ejemplares de cada especie por pescador y día. No se podrán acumular los cupos diarios a diferentes tramos de pesca. El número máximo total de capturas será el del tramo de pesca en el que se encuentre el pescador.

Se crea la figura del vigilante de pesca. ¿Acaso no tenemos agentes medioambientales y forestales suficientemente preparados y con los medios adecuados y suficientes para poder realizar su trabajo, así como el Benemérito cuerpo de la Guardia Civil ,querido y respetado por todos, en la sección del Seprona, para el control y vigilancia de nuestros campos, ríos y propiedades?

Y la guinda al pastel o tarta es la creación de los cotos turísticos de pesca, en beneficio de los que económicamente puedan pagarlo y cómo se fomentan las aulas de río, piscinas donde lanzar señuelos a unos peces alimentados y criados artificialmente, que nada tiene que ver con cualquier orilla de un río o charca.

José Ignacio Hernández

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