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Violencia de género como instrumento
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Violencia de género como instrumento

Actualizado 29/01/2018

Hay ciertos asuntos en los que la opinión pública está notablemente interesada, pero que son propicios a los extremismos. Poner uno de estos temas sobre la mesa supone exponerse al escarnio desde una dirección o de otra, y si uno pretende ser objetivo, desde las dos. Pero nunca he dicho que este guindo sea cómodo, ni que el que habita en él sea acomodaticio, así que con la amplia panorámica que otorgan estas modestas alturas, va a tratar uno de exponer lo que piensa.

Partamos de tres puntos que deberían ser indiscutibles, aunque ya digo que en esta materia indiscutible no hay nada. El primer punto es la radical exigencia constitucional de que la dignidad humana conlleva un tratamiento igual a los que son iguales y desigual a los que son desiguales. El principio de igualdad se convirtió gracias a los ilustrados en una necesidad formal del sistema democrático, que en el siglo XX adquirió dimensiones reales: no es suficiente una mera igualdad aparente ante la ley, sino que la Constitución aspira, con fuerza vinculante, a una igualdad material.

Esta formulación genérica, pero nada abstracta, también debe aplicarse a la relación entre hombres y mujeres. Dejamos ahora aparte otras consecuencias de ese denso principio general. Y en este punto segundo es evidente , para quien la quiera ver, la difícil evolución de la posición de la mujer en su contexto social: sea la sociedad en general, sea en la familia en particular. Aquí no estamos hablando solamente de Derecho, aunque el Derecho recogiera las consecuencias de esta inveterada desigualdad.

La conformación misma del sistema educativo implicó que a mi madre se le enseñara a coser y a bordar y a mi padre matemáticas, lengua y literatura. No me atrevería a decir cuál de los dos era más inteligente. Eran los tiempos en que la legislación exigía el permiso del marido para dar cualquier paso público o en que se prohibía ser jueza a la mujer solo por el hecho de serlo. Como a los locos o a los menores, la Partida III establecía que: "no pueden ser jueces? las mujeres porque non sería cosa guisada que estouiessen entre la muchedumbre de los omes librando los pleitos" y ya había yo nacido cuando se eliminó sustancialmente la prohibición contenida en esta norma.

El tercer punto constata la existencia de machismos: macromachismos como no querer solucionar el problema de la desigualdad de salarios o los techos de cristal, o micromachismos como tantos ejemplos a los que no damos importancia intrínseca, pero que la tienen como expresión de una actitud más profunda que se puede vincular con la antigua relación de dominio y de imposición.

La ideología de género, tan denostada por unos y tan alabada por otros, pretende dar pasos efectivos en la igualdad material entre los hombres y las mujeres, a la vez que se da visibilidad a estos avances. Así considerada, debería ser obvia su pretensión de temporalidad: pretende superar cuanto antes esta situación perniciosa y en cuanto lo consiga no tendría más finalidad que desaparecer por consunción.

Naturalmente hay mucho que hacer desde el Derecho, que es un instrumento adecuado para estimular igualdades y favorecer cambios sociales. A estas alturas, no obstante, creo que a muchos nos parece evidente que el Derecho solo no puede conseguir sin más el objetivo. Si no pareciera blasfemar diría que en este ámbito lo jurídico es una humilde ciencia ancilar, mientras que el papel central lo tiene la educación, la sociología y hasta la economía.

¿Y el Derecho Procesal? En él se han centrado equivocadamente todas las esperanzas desde hace más de quince años. Por supuesto ante un caso patológico -cualquier muestra grave o leve de violencia de género- debe haber una reacción penal. No voy a discutir en este momento la corrección técnica de las normas vigentes. Y esta reacción penal conlleva necesariamente unas normas eficaces para garantizar su cumplimiento. Es ahí donde el Derecho Procesal, como garante de la efectividad del ordenamiento jurídico, puede y debe aplicar esa "justicia con perspectiva de género", como dicen los mexicanos.

Pero que quien mata a la mujer porque se ha ido con otro y se quiere suicidar después, tenga en cuenta el efecto disuasorio de estas normas antes de ejecutar su acción criminal, se ajusta poco a la realidad de los hechos. Desde luego, tiene que haber una reacción jurídica ante quien comete un delito, pero no caigamos en el espejismo de que las normas penales y las procesales penales van a resolvernos el problema. Porque esto no es así.

Y aún hay más, ya que además de no resolver el problema podemos caer en los graves errores que complican más las cosas e interfieren en la loable finalidad perseguida. Me refiero a los excesos a los que aludía al principio. Unos hablan, con grave abuso de los términos, de "feminazismo" -no deben saber qué fue en realidad el nazismo-, pero algunas otras utilizan los recovecos de la normativa vigente para otro tipo de abusos: pretenden usar la violencia de género como instrumento para su conveniencia, sin temor a mentir. ¿Se es consciente de que el Código Civil establece que la interposición de una denuncia -en la que, como es obvio, se oye sólo a una parte- supone automáticamente la imposibilidad de obtener la custodia compartida en un divorcio? Lean el apartado quinto del artículo 92 y tengan en cuenta que la denuncia es una vía para la iniciación de un proceso penal.

Se me dirá que por la bondad natural de nuestras conciudadanas esta vía fraudulenta apenas se utiliza: que ninguna mujer se atreve a denunciar falsamente. Y aquí se me hablará de las estadísticas sobre denuncias falsas, que desde aquí impugno, y de paso pido otras más ajustadas a la realidad. Simplemente dudo mucho que las cifras que nos muestran sean reales.

Conozco varios casos en que, mediando un divorcio, se ha denunciado violencia de género por la sola causa del despecho de la mujer ante la voluntad del marido de divorciarse. ¿Ustedes creen que después de hacer frente a las mentiras que se han vertido, de ser tratado como culpable desde el mismo momento de recibir la notificación de la denuncia y de haber salido incólume después de año y medio de penurias le quedan a uno ganas, y dinero, para seguir pleiteando? Debería, claro que sí, pero ya les digo yo que bastantes en esa situación lo que pretenden es pasar página y tratan de centrarse en sus hijos, el poco rato que su manifiesta inocencia -por no decir candidez- les permite verlos.

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