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Fiesta de la Merced
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Fiesta de la Merced

Actualizado 23/09/2017
Julio Fernández

Profesor de Derecho Penal de la Usal

En estos momentos de despropósitos jurídicos, políticos y sociales provocados en España por la convocatoria ilegal de referéndum sobre la independencia de Cataluña, me resulta más grato hablar del sistema penitenciario español con motivo de la proximidad de la festividad de la Merced (24 de septiembre, también fiesta mayor de Barcelona), patrona de las Instituciones Penitenciarias, es decir, de las personas privadas de libertad ingresadas en las cárceles y de los funcionarios que prestan sus servicios en estos centros.

Aprovechando este evento, bueno es recordar que el sistema penitenciario español ha experimentado una evolución tremendamente favorable en los últimos 40 años, fundamentalmente a partir de la transición política, la aprobación de la Constitución de 1978 y la entrada en vigor de la primera Ley Orgánica de la democracia: la General Penitenciaria (LO 1/1979, de 26 de septiembre).

Sabemos que España ha sido cuna de grandes expertos que han dedicado su esfuerzo profesional, investigador y docente en el sistema penitenciario (Fernando Cadalso, Rafael Salillas, Concepción Arenal, Dorado Montero, Victoria Kent o García Valdés, por citar algunos de los más relevantes). La experiencia acumulada a lo largo de la historia culminó con la reforma penitenciaria plasmada en la referida Ley, cuyo principal inspirador fue García Valdés (Director General de Instituciones Penitenciarias en aquél momento) que aportó el borrador del Anteproyecto. Durante la elaboración de la Ley, Victoria Kent (quién fuera Directora General de Prisiones en la Segunda República y que a pesar de su escaso tiempo en el cargo humanizó considerablemente las cárceles, considerándolas lugares para la corrección y mejora del delincuente y no para el castigo), ya octogenaria, le recordó al entonces presidente del gobierno, Adolfo Suárez, la importancia que tenía construir un sistema penitenciario flexible, progresivo y humano, que estuviera orientado a la reeducación y reinserción social (como prevé el artículo 25.2 de nuestra Carta Magna) y que las cárceles siempre son un reflejo de la sociedad, diciéndole que "el estado de las prisiones es el termómetro que mide la temperatura social de un país".

De acuerdo con estas premisas y el interés político adecuado para llevar a cabo la profunda reforma carcelaria, la Ley Penitenciaria se aprobó por aclamación de las fuerzas políticas en 1979. No hubo ningún voto en contra y sólo dos abstenciones que fueron producto de un error de los respectivos diputados, que se equivocaron al pulsar el botón de la votación, puesto que su intención era votar afirmativamente. De ahí el éxito de la Ley, su duración (cumple ahora 38 años) y la escasa modificación de su articulado durante este tiempo (sólo han sido reformados algunos artículos de manera puntual que no afectan al contenido esencial y a la finalidad de la misma: resocialización, que sigue plenamente vigente).

La Ley Penitenciaria de 1979 prevé que la resocialización del delincuente (es decir que cuando cumpla la pena el reo se integre plenamente en el tejido social, respetando la ley y los derechos de los demás y se abstenga de cometer delitos) se pretende conseguir por medio de la realización de actividades de tratamiento: educativas, laborales, culturales, ocupacionales, deportivas, terapéuticas y asistenciales, propuestas por los expertos de los equipos técnicos multidisciplinarios y diagnosticadas en función de las carencias del interno y que han sido causa relevante en su actividad delictiva.

La Ley ha posibilitado la construcción de centros penitenciarios con instalaciones dignas que cubren las necesidades asistenciales de los internos y la mejora de sus condiciones de vida, además de contar con escuelas, talleres e instalaciones adecuadas para poder implementar programas de intervención. También ha posibilitado el acceso de profesionales penitenciarios adecuados con las aptitudes y actitudes necesarias para trabajar con los internos y promover su rehabilitación social. Según estudios realizados, estadísticamente está demostrado que la aplicación de algunos programas de tratamiento ha servido para disminuir notablemente la reincidencia en algunos delitos. Así, la reincidencia de los internos que han cometido delitos contra la libertad e indemnidad sexuales una vez obtenida la libertad, que no han seguido el programa de intervención de agresores sexuales, es del 18 %, mientras que la reincidencia entre los que sí han realizado los referidos programas es del 4 %. Estos beneficios no son sólo para los internos que han cometido delitos, sino también para la sociedad en su conjunto, puesto que está más protegida si quienes han cometido delitos no vuelven a cometerlos cuando salgan en libertad que si siguen cometiéndolos.

Uno de estos modernos centros carcelarios es el de Topas (Salamanca), que fue inaugurado el 15 de noviembre de 1995. Este centro, con capacidad para 1000 internos, ha llegado a albergar a cerca de 2.000, aunque actualmente cuenta con alrededor de 800. No obstante, también ha descendido la población reclusa en España. En 2009 había 76.000 internos y actualmente son aproximadamente 61.000.

Otro de los mecanismos penitenciarios incluidos en el tratamiento que ha sido muy positivo para la resocialización del interno, -puesto que sirven como preparación de su vida en libertad, disminución del rigor de la vida en prisión y motivación para respetar las normas carcelarias y el respeto a funcionarios y resto de los internos-, son los permisos ordinarios de salida del centro por unos días (máximo 7 seguidos) cada cierto periodo de tiempo (2 meses aproximadamente y siempre que cumplan unos requisitos favorables y hayan extinguido parte de la condena). Las estadísticas nos dicen que en 1979 los internos que salían de permiso eran aproximadamente 1.200 y el porcentaje de ellos que no regresaba era del 3,64 %, mientras que actualmente disfrutan permisos unos 25.000 reclusos y el índice de no reingresos está por debajo del 0,50 %.

El sistema penitenciario español ha servido de modelo para las reformas penitenciarias de muchos países, sobre todo en los de más reciente incorporación en la Unión Europea y en los que aún no pertenecen a la misma, en la mayoría de los países de Latinoamérica y en algunos de continente africano.

Aún así, la cárcel sigue siendo un mal necesario. Una sociedad cohesionada y avanzada debe aspirar a sustituir progresivamente las penas de prisión por otras de diferente naturaleza que sean menos gravosas que la privación de libertad y mucho más resocializadoras; aunque se mantenga la prisión para los delitos más graves. Algunos países están cerrando cárceles (Holanda o Suecia, por ejemplo) y no ha crecido la delincuencia, sino más bien todo lo contrario. Sabemos que es difícil, pero no podemos dejar de trabajar para algún día conseguirlo.

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