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Los agricultores y ganaderos podrán presentar la PAC hasta el 15 de mayo
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plazo prorrogado por el ministerio

Los agricultores y ganaderos podrán presentar la PAC hasta el 15 de mayo

Actualizado 30/04/2017
Redacción

Este año es obligatorio presentar la delimitación gráfica en formato digital de las parcelas agrícolas para solicitantes que declaren más de 30 hectáreas

El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente se amplía el plazo de presentación de la solicitud única de los pagos directos a la agricultura y ganadería para el año 2017. Se atiende así la petición de algunas comunidades y sectores afectados, ampliando el plazo de presentación de la solicitud única de la PAC hasta el próximo 15 de mayo para toda España, con el objetivo de atender a todos los agricultores y ganaderos que puedan ser beneficiarios de estas ayudas de la PAC. En la campaña 2017 es obligatorio presentar la delimitación gráfica en formato digital de las parcelas agrícolas de la explotación, la llamada declaración gráfica, para solicitantes que declaren más de 30 ha. Este hecho aconseja alargar el periodo de presentación de las solicitudes únicas de ayuda, para facilitar los trámites a los agricultores y ganaderos, así como a las entidades colaboradoras en la tramitación de las ayudas.

A pesar de las facilidades que va a suponer esta prolongación de plazo, se recomienda a todos los agricultores que tengan intención de presentar su solicitud única que acudan cuanto antes a las entidades colaboradoras o a las dependencias de la administración autonómica en su territorio, para evitar que una afluencia superior a la habitual durante los últimos días pueda dificultar la presentación de las solicitudes.

Los agricultores tendrán la posibilidad de presentar, en caso necesario, por ejemplo por un cambio en el plan de siembra, una modificación de su solicitud única en la que será posible añadir parcelas o derechos de pago básico a su solicitud, así como modificar la utilización o el régimen de ayuda solicitado de las parcelas agrícolas ya declaradas en la solicitud única, siempre que el régimen en cuestión ya se haya solicitado en otras parcelas antes del 15 de mayo. Para ello el plazo comienza el 16 de mayo y finaliza el 31 del mismo mes.

La única forma de evitar su dispersión es la prevención. Si se evita la entrada de material procedente de zonas contaminadas y se emplean plantas y estaquillas de la propia zona, el riesgo de infestación se reduce considerablemente. No obstante, donde se establezca la avispilla es muy difícil, por no decir imposible, su erradicación.

La dispersión natural de la avispilla también es muy difícil de impedir, salvo en masas muy aisladas de otras, donde la posibilidad de la llegada de la avispilla volando es muy reducida, es por lo que aunque haya ya presencia de avispilla en la Comunidad siguen siendo válidas las recomendaciones de evitar el movimiento de plantas de castaños de unos sitios a otros.

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