El derecho a la Salud reconocido en el artículo 43 de la Constitución española se interpreta comúnmente como el derecho a recibir cuidados sanitarios frente a la enfermedad. Por ello, la demanda de los ciudadanos se traduce en atención sanitaria, recuperación y rehabilitación. Cuando también debería incluir Promoción de la Salud y Prevención de la enfermedad, aspectos que recogió la Ley General de Sanidad en abril de 1986. Posteriormente, la ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud de mayo de 2003, dispuso las bases para poder prestar y realizar una prestación asistencial de calidad en los servicios sanitarios.
Desde hace unas décadas la Salud de la población española se viene beneficiando de unos servicios sanitarios de calidad determinada por la competencia de los profesionales sanitarios que en ellos trabajan; pero también ha contribuido su educación, su entorno medioambiental, su desarrollo social y familiar, su alimentación y nutrición y otros factores que han permitido conseguir unos extraordinarios indicadores sanitarios, como la mejora en la expectativa de vida y la reducción de la mortalidad y el control de las enfermedades.
Actualmente, somos conscientes de que existen nuevos retos sociales que hay que atender como el envejecimiento, la cronicidad y la pluripatología, las enfermedades raras, la discapacidad y dependencia, los riesgos emergentes, el consumismo y el uso creciente de las nuevas tecnologías, el modo de vida sedentario, los efectos del cambio climático y la inmigración. Además, la búsqueda y consecución de mejoras en la Salud Comunitaria debe ser una tarea solidaria y compartida en un mundo globalizado como el actual, del siglo XXI. Para ello será necesario dar una respuesta global e integrar la Salud en todas las políticas del conjunto del Estado, de la Comunidades Autónomas (CCAAs) y Ayuntamientos que favorezcan la Salud, el Bienestar y el desarrollo humano, con este propósito se promulgó básicamente la Ley General de Salud Pública. Para que esta ley pueda resolver las necesidades asistenciales y de Salud Pública que tiene la Sociedad española, se deberá promover la cooperación horizontal entre todas las CCAAs, porque la eficiencia y la sostenibilidad del Sistema Nacional de la Salud necesita del sentido de Estado, que anda bajo mínimos en el momento actual, y dejar a un lado el provincianismo y localismo trasnochado que se ha venido promocionado y que tanto daño está haciendo a la cooperación, al progreso y al desarrollo solidario y compartido de la Salud Pública española.
Esta ley puede ayudar a uno de los grandes errores del actual Sistema sanitario español, su fragmentación y descoordinación en las políticas de Salud y de Bienestar y Calidad de Vida que es necesario desarrollar de manera global y eficiente. También deberá afrontar la reorganización de la Atención Sanitaria y Social para lograr una atención efectiva e integral con continuidad y seguimiento efectivo de los enfermos crónicos y pluripatológicos, los niñ@s con enfermedades raras o discapacidad intelectual y las personas adultas con discapacidad y/o dependencia.
Por otra parte, para mejorar los niveles de Salud de los españoles será necesario promover, desarrollar y realizar políticas, planes y programas que eviten y controlen las causas (evitar y controlar los factores de riesgo de las enfermedades) más que políticas y programas de consecuencias (medidas asistenciales). También será bueno y adecuado establecer y desarrollar organismos que actúen con independencia y profesionalidad frente a los grupos de poder y de negocio que promueven más gasto en beneficio propio que no siempre se asocia a un mejor Estado de Salud.
En definitiva, España y los españoles necesitan una Salud Pública que ocupe el lugar, que le corresponde, por su importancia sanitaria y relevancia social dentro del conjunto de las políticas públicas que se promueven colectivamente, como Sociedad, para asegurar las condiciones más adecuadas para promocionar y gozar de Salud.
Salud Pública &Salud para Tod@s
JAMCA
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