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La USAL ultima la contratación del servicio de captación de patrocinadores para el VIII Centenario
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Remitido al BOCYL el pliego de cláusulas

La USAL ultima la contratación del servicio de captación de patrocinadores para el VIII Centenario

Actualizado 05/02/2016
Redacción

El profesor Julio Cordero deja el cargo de director adjunto de la Oficina del VIII Centenario para regresar a su actividad académica

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La Universidad de Salamanca ha remitido para su publicación en el BOCYL el pliego de cláusulas administrativas particulares y prescripciones técnicas correspondientes al expediente para la contratación de un Servicio de búsqueda y captación de fondos y de consultoría, y asistencia de las donaciones y patrocinios para el VIII Centenario.

El presente anuncio de licitación tiene por objeto definir las condiciones técnicas del contrato para la prestación del servicio consistente en la búsqueda y la captación de fondos mediante patrocinios, mecenazgos (donaciones) para el VIII Centenario de la Universidad de Salamanca, procedentes de cualquier organismos público o privado, nacional o internacional, así como la gestión, la atención y la consultoría integral y necesaria a donantes y patrocinadores para dar cumplimiento a los acuerdos suscritos entre éstos y la institución académica.

La Universidad de Salamanca, a través del Vicerrectorado para la Conmemoración del VIII Centenario, dirigido por el profesor Mariano Esteban, se encargará, bajo la aprobación y supervisión por parte de los órganos de la Comisión Interinstitucional, tanto de la preparación del programa de actividades y actuaciones como de la ejecución del mencionado programa. Asumirá la condición de destinataria y administradora de las donaciones que se realicen para el desarrollo del programa de apoyo al acontecimiento.

Tras su publicación, previsiblemente, la próxima semana en el BOCYL, las empresas interesadas dispondrán de 15 días para presentar sus propuestas.

Las firmas candidatas deberán encargarse del diseño del proyecto de gestión de donativos, donaciones y aportaciones, incluidas fórmulas de micromecenazgo, en el que se especifique la metodología a seguir y el equipo de trabajo propuesto.

Asimismo, deberá volcarse en la búsqueda de donantes y patrocinadores, tanto en ámbito local como regional, nacional o internacional, además de ofrecer asesoramiento integral en la gestión de los patrocinios, tanto a la Universidad de Salamanca como a los donantes/patrocinadores.

Entre las cláusulas se recogen también la necesidad de asumir la elaboración y tramitación de la documentación necesaria para la aplicación de los beneficios fiscales previstos en el programa de acontecimiento de excepcional interés público de conformidad con la legislación específica, así como la resolución de todas las dudas legales o fiscales que pudiesen surgir.

Acontecimiento de excepcional interés público

La Universidad de Salamanca, creada en 1218 por el Rey de León Alfonso IX lo que la convierte en la más antigua de España, aspira a conmemorar este aniversario con la puesta en marcha de numerosos proyectos académicos y culturales a lo largo de los años 2016, 2017 y 2018.

Con el fin de impulsar estas iniciativas, así como de hacer partícipes a las empresas, las instituciones y la sociedad civil, el Gobierno de España determina en la disposición adicional quincuagésima quinta de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 que la celebración del "VIII Centenario de la Universidad de Salamanca" tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. La duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarcará desde el 1 de noviembre de 2015 hasta el 31 de octubre de 2018.

El reconocimiento del aniversario de la Universidad de Salamanca como acontecimiento de excepcional interés público posibilita contar con la colaboración de personas físicas y jurídicas podrán disfrutar de los beneficios fiscales durante la duración de su programa de apoyo desde el 1 de noviembre de 2015 hasta el 31 de octubre de 2018, en los términos previstos en el artículo 27 de la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines de lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Los incentivos fiscales de este programa serán los máximos establecidos en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002.

Julio Cordero deja el cargo de director adjunto de la Oficina del VIII Centenario

Con la culminación de este proceso ejecutado por el profesor Julio Cordero González, éste ha dejado su cargo de director adjunto de la Oficina del VIII Centenario, para, una vez cerrada esta importante fase de la conmemoración, regresar a sus actividades académicas. El rector ha agradecido el excelente trabajo desarrollado por el profesor Cordero desde que en febrero de 2010 asumiera este cargo, junto al director de la Oficina, el catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Manuel Carlos Palomeque López.

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