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El Supremo declara abusiva y nula la cláusula suelo en las hipotecas del Popular
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DEVOLUCIÓN A SUS CLIENTES

El Supremo declara abusiva y nula la cláusula suelo en las hipotecas del Popular

Actualizado 26/01/2016
Redacción

La entidad financiera debe acabar ya con este tipo de cláusula en los contratos y devolver unos 12.300 euros a cada cliente

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El Tribunal Supremo ha dejado claro que la cláusula suelo de los contratos del Banco Popular no es suficientemente transparente y por lo tanto es nula. Así:

  • El Banco Popular debe dejar de aplicar la cláusula suelo de inmediato y a todos sus clientes, como ya hicieron en su día BBVA, Caixa Galicia (ahora Abanca) o Cajamar, entidades afectadas por la anterior sentencia del Tribunal Supremo.
  • El Popular debe devolver las cantidades indebidamente cobradas. En este momento la doctrina vigente, fijada por el Tribunal Supremo, es que cuando se declara abusiva la cláusula suelo, habrá que restituir al usuario los intereses que hubiese pagado por la aplicación de la cláusula a partir de la fecha de publicación de la sentencia de 9 de mayo de 2013. Por tanto el Banco Popular debe además restituir, como mínimo, todo lo pagado de más desde ese momento. Pero desde OCU consideran que la devolución es de todas las cantidades pagadas de más desde la firma del préstamo.

Incluso aplicando el criterio restrictivo del Supremo, es mucho lo que deben devolver. Un consumidor con préstamo de 150.000 euros a 25 años firmado en marzo de 2001, referenciado al Euribor más 1% y con un suelo del 4,5%, como el que figuraba en la cláusula impugnada por OCU, estaría pagando:

Más de 180 euros al mes por aplicación de la cláusula, que dejará de abonar de inmediato.

Y las cantidades cobradas de más desde el día 9 de mayo de 2013, el mínimo que el Banco Popular debería devolver ascendería a más de 12.300 euros.

Según distintas informaciones aparecidas en los medios de comunicación, parece que el Banco Popular no parece dispuesto a eliminar la cláusula suelo de manera inmediata: a pesar de que los criterios del Supremo son claros, de momento se escudan en que sus servicios jurídicos están analizado la sentencia para establecer sus implicaciones y según las informaciones aparecidas en distintos medios, a priori no entienden que la sentencia afecte a todas sus hipotecas, sino solo a las que ha juzgado el Supremo.

Fuente: OCU

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