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El Ayuntamiento fija un gravamen reducido a las obras que respeten la arquitectura tradicional local
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ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

El Ayuntamiento fija un gravamen reducido a las obras que respeten la arquitectura tradicional local

Actualizado 23/10/2015
Raúl Mateos

FRADES DE LA SIERRA | El equipo de gobierno ha modificado el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

[Img #460873]El Ayuntamiento de Frades de la Sierra ha aprobado de manera definitiva la modificación de la ordenanza reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, tributo indirecto cuyo hecho imponible está constituido por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística.

La cuota tributaria ha sido fijada en un 2%, con carácter general, bajando hasta el 0,4% para el caso de locales o instalaciones destinados al uso comercial o industrias que se establezcan en el municipio con carácter permanente. El mismo tipo reducido se aplicará a las obras que utilicen materiales propios de la arquitectura local, como por ejemplo, la teja roja romana curva, piedra de granito o pizarra en paredes, zócalos o cercos de ventana?

El porcentaje se aplicará sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra.

La nueva tasa será aplicada sobre las obras de nueva planta y de ampliación de edificios, las de modificación o de reforma que afecten a la estructura, el aspecto exterior o la disposición interior de los edificios, las obras provisionales, la construcción de vados para la entrada y salida de vehículos , las construcciones, instalaciones y obras realizadas en la vía pública por particulares o por las empresas suministradoras de servicios públicos, que corresponderán tanto a las obras necesarias para la apertura de calas y pozos, colocación de postes de soporte, canalizaciones, conexiones y, en general, cualquier remoción del pavimento o aceras, como las necesarias para la reposición, reconstrucción o arreglo de lo que haya podido estropearse con las calas mencionadas, los movimientos de tierra o las obras de cierre de los solares o de los terrenos y de las vallas, los andamios y los andamiajes de precaución, entre otros.

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