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Empleo inscribe a la primera asociación en el nuevo Registro de Asociaciones de Autónomos
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Empleo inscribe a la primera asociación en el nuevo Registro de Asociaciones de Autónomos

Actualizado 16/08/2015
Redacción

La base documental contiene una hoja registral con la numeración de la entidad incorporada y un ejemplar de los estatutos de la asociación

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La Consejería de Empleo ha procedido a la apertura de la primera hoja registral de una asociación de trabajadores autónomos, tras el análisis del expediente en el que se ha verificado que los estatutos de la asociación inscrita se adaptan a la Ley del Estatuto del Trabajador Autónomo.

El registro autonómico fue creado el pasado dos de mayo al entrar en vigor el decreto de constitución del 'Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de Castilla y León' adscrito a la Dirección General de Economía Social y Autónomos de la Consejería de Empleo, como centro directivo competente en esta materia.

El registro de asociaciones de autónomos tiene carácter administrativo y público. Sus funciones son inscribir a las asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de trabajadores autónomos que reúnan los requisitos establecidos en la Ley para su inscripción, ser la oficina de depósito de los estatutos de las entidades descritas y expedir las oportunas certificaciones, notas informativas o copias de asientos acreditativas de los datos obrantes en el Registro.

La finalidad de este sistema de verificación e información es la defensa y protección de los intereses profesionales de los asociados a estas entidades de autónomos.

Inscripción en el Registro

Las asociaciones que se quieran inscribir a partir de la entrada en vigor de sistema documental registral han de presentar la solicitud en la Consejería de Empleo, acompañada de la documentación que relaciona el propio Decreto. Por otra parte, aquellas entidades ya inscritas con anterioridad en registros documentales como el Registro de Asociaciones de Castilla y León o en la Oficina Pública de Depósito de Estatutos de Asociaciones Sindicales de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta, será la Dirección General de Economía Social y Autónomos la que solicitará a los registros públicos mencionados, los datos disponibles, relativos a aquellas asociaciones susceptibles de ser consideradas representativas de trabajadores autónomos.

Después de realizar la primera inscripción el pasado 29 de julio, la Dirección General de Economía Social está en proceso de estudio y de reclamación de documentos para la comprobación de los criterios establecidos para su constitución como asociación profesional de trabajadores autónomos de, aproximadamente, veinte entidades procedentes de otros registros.

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