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Sólo 49 mujeres se acogen a la titularidad compartida de las explotaciones agrarias en Castilla y...
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EN EL ÁMBITO NACIONAL SON 117

Sólo 49 mujeres se acogen a la titularidad compartida de las explotaciones agrarias en Castilla y...

Actualizado 04/04/2015
Redacción

Representan más de un tercio de los trabajadores en este sector pero son los hombres los que, mayoritariamente, figuran como titulares

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Han pasado tres años desde la entrada en vigor de la Ley sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, entre cuyos objetivos estaba el de profesionalizar la actividad agraria de las mujeres y visibilizar su trabajo. A pesar de que la actividad de las mujeres en la agricultura ha sido siempre significativa, su trabajo se ha caracterizado por no tener reconocimiento jurídico, económico y social. En la mayor parte de los casos son los hombres los que figuran como titulares, mientras ellas aparecen como cónyuges en la categoría de 'ayuda familiar'.

Según los datos del Ministerio de Agricultura, correspondientes a febrero de 2015, sólo 117 mujeres comparten titularidad de explotaciones agrarias en el ámbito nacional, la gran mayoría, 49, en Castilla y León, seguida de lejos por Castilla-La Mancha con 19 y Galicia con 13. Una cifra mínima si tenemos en cuenta que más de un tercio de las personas que trabajan en las explotaciones agrarias familiares son mujeres. Hasta la entrada en vigor de la Ley, figuraba como titular un único miembro y representante legal de la actividad; en el 71,19% de los casos los titulares eran hombres, frente al 28,81% que representaban las mujeres.

¿Qué objetivo persigue la Ley a largo plazo?

Profesionalización de la actividad y desarrollo de una carrera profesional: Reconocimiento profesional.

Supone la extinción de la figura obligada de 'ayuda familiar' en la que se encuadran muchas agricultoras. La figura de la titularidad compartida ofrece a las mujeres la oportunidad de desarrollar su capacidad profesional como agricultoras titulares, visibilizando su trabajo y participando activamente en la representación de las organizaciones agrarias.

Apoyo a la agricultura familiar.

Permite el fomento del arraigo femenino en las áreas rurales.

Control y acceso directo a la gestión.

El desarrollo de la figura de cotitularidad facilita a las mujeres el control y acceso a la gestión directa de la explotación, no necesitando ninguna autorización. Las cotitulares tienen los mismos derechos que sus parejas (en cuanto a subvenciones, beneficios, etc.), y las mismas obligaciones.

Mejora de las cuotas femeninas en las organizaciones.

Un efecto inmediato de la titularidad compartida es la mayor participación femenina en las distintas organizaciones agrarias, cooperativas y asociaciones de productores agrarios.

[Img #267920]Reconocimiento material de derechos.

En el ámbito personal la titularidad compartida ofrece la oportunidad del reconocimiento de derechos como trabajador, autónomo o empresario a través de su inclusión en el régimen de la seguridad social.

Visibilización de las mujeres como sujeto y reconocimiento social.

Las oportunidades que ofrece la titularidad compartida contribuyen a visibilizar la actividad de las mujeres y, en dicha medida, suponen el reconocimiento como sujetos activos del desarrollo económico.

Independencia y autonomía como sujeto: Reconocimiento económico.

El reconocimiento de derechos y el reconocimiento social añadido inciden en una mayor autonomía de las mujeres respecto a las situaciones familiares. Supone garantizar un trato igualitario ante situaciones de ruptura de vínculos de convivencia. Es por ello un elemento central para evitar la tradicional dependencia femenina que el reconocimiento privativo de la titularidad tiene sobre la gestión del patrimonio y derechos. Mediante la cotización a la Seguridad Social logran una remuneración por el trabajo realizado e independencia económica.

Empoderamiento.

El reconocimiento y visibilización de las mujeres como sujetos produce efectos a su vez en lo que se denomina "empoderamiento", es decir, su capacidad de acción como sujeto colectivo.

Fomento del igualitarismo.

En el plano proyectivo, la iniciativa de titularidad compartida resulta importante para modificar otras situaciones que dan soporte a actitudes de resistencia hacia la igualdad de género.

Efecto demostración sobre otras actividades familiares.

En otro ámbito, la titularidad compartida puede incidir en otras iniciativas de otros Ministerios para el fomento de mecanismos de igualdad en otro tipo de actividades económicas en régimen familiar (hostelería, pequeño comercio, artesanía?)

Mejora de las condiciones de vida en áreas rurales.

Además de los efectos concretos sobre las personas y las comunidades rurales, permiten que el medio rural sea más equilibrado por género y socialmente sostenible, mejorando las capacidades de arraigo de la población joven o la reducción de la masculinización, y proveyendo de nuevos escenarios para el desarrollo económico y social.

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