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El Ayuntamiento reconoce un día antes del juicio que el evangélico José Macías no vulneró...
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"victoria para la libertad religiosa"

El Ayuntamiento reconoce un día antes del juicio que el evangélico José Macías no vulneró...

Actualizado 23/01/2015
Redacción

La Policía Local lo sancionó por "repartir publicidad en la calle" enfrentándose a una multa que podía ascender hasta 3.000 euros

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"Respiramos más tranquilos". Kent Albright, pastor de la Iglesia Evangélica Bautista de Tormes en Salamanca, muestra su alegría ante lo que considera "un triunfo de la justicia y de la libertad religiosa", después de que el Ayuntamiento, un día antes del juicio, aceptara la apelación de José Macías, diácono de la iglesia evangélica, que fue sancionado por la Policía Local por "repartir publicidad en la vía pública".

La historia se remonta al 6 de marzo de 2013, cuando Macías repartía tratados por las calles de Salamanca. "Era algo que hacía desde hace tiempo y nunca había encontrado problema. Hasta que ese día, un agente de policía local decidió sancionarlo". Según el agente, Macías estaba repartiendo "publicidad" sin permiso o licencia para ello. "El material que repartía era un folleto, 'Las cuatro llaves de la vida', que viene impreso con la dirección de nuestra iglesia", cuenta Albright en protestantedigital.com

La multa fue confirmada unos seis meses después por el Ayuntamiento, que envió a la iglesia la denuncia y reclamaba un pago de una multa que podía ascender hasta los 3.000 euros. En este caso, se precisaba que la sanción era por "ocupación de la vía pública sin la autorización correspondiente"."Presentamos alegaciones al Ayuntamiento tres veces, y luego nos respondieron dos veces más rechazándolas. La apelación al juzgado llevó a que se concretara una fecha para el juicio, para el martes 20 de enero. Pero justo el día anterior llegó la notificación del Ayuntamiento, "aceptando la apelación y reconociendo que José Macías no había vulnerado la ordenanza y que su derecho a repartir folletos está garantizado por la Constitución. En el segundo párrafo del escrito emitido por el Ayuntamiento salmantino dice que "el reparto queda comprendido en el derecho a la libertad de expresión del artículo 20 de la Constitución".

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