Por no haber mandado antes de acabar el mes de marzo la liquidación presupuestaria del año 2013
![[Img #132514]](https://imagenesnetytec.blob.core.windows.net/simg/imgf/2014/10/img_132514.png)
Según marca el artículo 193.5 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las entidades locales deben remitir copia de la liquidación de sus presupuestos a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma antes de finalizar el mes de marzo del año siguiente.
Si eso no ocurre, se pone en marcha lo que marca el apartado 1 del artículo 36 de la Ley 2/2011 de Economía Sostenible sobre la remisión de información al Ministerio de Hacienda.
Así, ese artículo marca que la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local retendrá, a partir del mes de junio ?y hasta que se resuelva la situación-, el importe de las entregas a cuenta, y en su caso, anticipos y liquidaciones definitivas de la participación en los tributos del Estado.
Además de los municipios de Agallas y Herguijuela de Ciudad Rodrigo, Hacienda también tiene retenidos sus tributos a los Ayuntamientos de Navalmoral de Béjar y Villarino de los Aires.