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Los curas casados
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Los curas casados

Actualizado 16/06/2014
Lorenzo M. Bujosa Vadell

Con la saturación informativa de la actualidad posiblemente ha pasado casi desapercibida una sentencia de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos publicada esta misma semana pasada sobre una materia de interés. El asunto es lamentablemente antiguo. Los tiempos de la justicia ya se sabe cómo son. Se trata del conocido como "Caso Fernández Martínez contra España" en el que se ha discutido sobre el respeto al derecho a la vida privada y familiar cuando no se renueva el contrato a un profesor de religión católica, sacerdote, casado y padre de cinco hijos, por entender que hay una divergencia entre sus creencias y su vida personal por un lado y la materia que debía enseñar por encargo del Obispado por otro; divergencia se supone afecta a su credibilidad como profesor. La materia es naturalmente polémica, y hasta en la Gran Sala la división ha sido extrema: por nueve votos contra ocho se ha considerado que en este supuesto debía primar la autonomía de la Iglesia Católica para decidir quién debe enseñar su doctrina, aunque sea en un colegio público.

La sentencia merece estudios detenidos que no caben en este reducido espacio, pero tal vez sí tenga sentido un pequeño comentario crítico desde dos o tres puntos de vista de interés jurídico, religioso y social.

En primer lugar, queda bendecido desde el Tribunal de Estrasburgo que los profesores de religión católica están para básicamente para adoctrinar, sin pretender otorgar a este verbo ningún matiz peyorativo. De lo contrario no se entendería que se les exigiera una vida modélica y acorde con los valores cristianos. Si se tratara sólo de transmitir enseñanzas, darían lo mismo las creencias personales y la trayectoria vital del profesor en cuestión; por lo mismo que yo cada año explico la imputación, sin necesidad de estar imputado, o me detengo en las profusas complejidades de los litisconsorcios sin pretender en ningún momento ser litisconsorte de nadie. Me parece que esta exigencia está perfecta para un colegio religioso, pero dudo mucho que sea correcta en un colegio público de un Estado aconfesional.

En segundo lugar, lo siento mucho, pero, con todos los respetos, la postura del Obispado en este y en muchos otros asuntos similares me parece un tanto autoritaria, y por lo mismo contraria a las enseñanzas de la fraternidad y la misericordia cristiana. Me parece muy bien que la Iglesia Católica tenga sus formas de organizarse y sus jerarquías. Algo peor me parecen algunos de sus dogmas incontestables. Pero el caso es que el celibato de los sacerdotes no forma parte del núcleo central de la fe cristiana, como lo prueba que el resto de ramas del cristianismo admitan sin problema el matrimonio de sus ministros, y así hasta los que en rito oriental profesan obediencia al Obispo de Roma. No lo digo yo, todos lo hemos oído del propio Francisco, que en algunos de sus comentarios a los periodistas ha recordado lo que ya se sabía: que el celibato obligatorio viene del siglo XI, por influencia primero de las corrientes eremíticas y luego de las órdenes religiosas, pero que podría cambiarse si se considerase necesario, sin que por ello tuvieran que temblar los cimientos.

Finalmente, no podemos negar que el fondo del asunto huele a rancio. Una vez más el peso de la realidad supera los extraños apegos de un conservadurismo eclesial sin fundamento. Bien está que quien quiera permanecer célibe lo haga, con toda la admiración y respeto que le sean debidos. Pero cuántos problemas se hubieran evitado si se hubiera admitido a tiempo a quien quiera ejercer su ministerio con el apoyo de una esposa y con la experiencia de una verdadera vida familiar. Y no se diga que eso consume tiempo y energía, porque con esa regla de tres para Presidente del Gobierno o para Magistrado del Tribunal Supremo el celibato debería ser más que imperativo.

Y me huele a rancio sobre todo porque en la práctica cotidiana ya hay personas casadas ?hombres y también mujeres por supuesto- que, sin haber sido ordenadas, suplen con denuedo y efectividad las evidentes carencias de vocaciones sacerdotales, hasta donde la jerarquía de turno les deja. Esperemos que, en ejercicio de la autonomía que le reconoce el Tribunal de Derechos Humanos, la Iglesia Católica haga realidad más pronto que tarde la apertura a la modernidad que se ha dejado entrever en algunas de las declaraciones del Papa, y que sentencias como la que mencionaba al principio queden allá lejos, en el poso de una extraña y caprichosa historia.

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