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El Ministerio de Empleo quiere que los rehaleros estén inscritos en la Seguridad Social
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EN DEFENSA DE LA MONTERÍA Y LA CAZA

El Ministerio de Empleo quiere que los rehaleros estén inscritos en la Seguridad Social

Actualizado 08/05/2014
Redacción

Los perreros que cobran subsidio de desempleo no pueden ejercer la caza si reciben algún tipo de remuneración

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Representantes de las principales instituciones del mundo de la caza han mantenido dias pasados sendas reuniones para intentar dar solución a la problemática planteada por el Ministerio de Empleo y que pretende la obligatoriedad para los cazadores de reahala de estar dados de alta en Seguridad Social. Fruto de ambas reuniones se ha llegó a las siguientes conclusiones:

1. La caza con rehala es una actividad deportiva similar y del mismo rango que cualquier otro tipo de caza o deporte.

2. No se comprende cómo se quiere obligar a dar de alta en la seguridad social a alguien que practique libremente un deporte en sus momentos de ocio.

3. La norma que quiere imponer la Administración afectaría de lleno a los parados que además de padecer su lamentable situación laboral tendrían que dejar de realizar su actividad de ocio como rehaleros teniendo que buscar salida para los 50 o 100 perros de su propiedad.

4. De llevarse a cabo esta medida supondría la desaparición de gran número de rehalas lo que provocaría la imposibilidad de celebrar muchas jornadas cinegéticas con la negativa repercusión económica en las zonas rurales que viven de la caza y en el turismo interior y exterior que se acercan a practicar este deporte.

5. Tras la reunión mantenida se ha llegado a la conclusión de la necesidad de solicitar una reunión urgente con representantes del Ministerio de Empleo a fin de que se produzca una respuesta favorable al recurso de alzada interpuesto por la Asociación Española de Rehalas, al que se adhieren el resto de asociaciones de rehalas y organizaciones cinegéticas abajo firmantes, en el sentido de declarar la caza con rehala como modalidad deportiva y por tanto excluida del sistema de la Seguridad Social.

6. La contestación recibida desde el Ministerio de Empleo y Seguridad Social considera que la caza con rehala es una actividad económica, si bien solo impone la obligación de darse de alta en la Seguridad Social a los que perciban ingresos provenientes de la rehala superiores al salario mínimo interprofesional, permitiendo que los jubilados puedan llevar a cabo esta modalidad de caza, pero no los parados que estén percibiendo el subsidio de desempleo.

7. Se solicita la paralización de todos los expedientes en curso que tengan por objeto la inspección laboral de los rehaleros para evitar que se generen perjuicios de muy difícil o imposible reparación tales como la desaparición de rehalas que ya se está produciendo por estos hechos.

8. Ante la inminencia de la próxima temporada se solicita que se dé una respuesta inmediata y sin dilación a esta problemática que afecta de lleno al mundo de la montería en general.

9. Las instituciones comparecientes expresan su firme voluntad de que se produzca una resolución a este problema ajustándose al ordenamiento jurídico y dotando a esta actividad de la necesaria seguridad jurídica al colectivo de rehaleros.

10. El diputado a Cortes con el Partido Popular, D. Teófilo de Luis, ha mostrado su disposición a trabajar para buscar la seguridad jurídica necesaria en la actividad de las rehalas.

INSTITUCIONES REPRESENTADAS

  • Aproca. ESPAÑA
  • Arrecal. Asociación Regional de Rehalas Españolas
  • Asociación de rehalas de Córdoba
  • Asociación Española de Rehalas
  • Ática CLM
  • Federación Andaluza de Caza
  • Federación Aragonesa de Caza
  • Federación de Caza de Castilla y León
  • Federación de Caza de Castilla La Mancha
  • Federación Extremeña de caza
  • Federación Catalana de Caza
  • Federación Galega de Caza
  • Federación Navarra de Caza
  • Jóvenes Monteros de Córdoba
  • Junta Nacional de Homologación
  • ONC. Oficina Nacional de la Caza
  • Real Club de Monteros
  • Real Federación Española de Caza
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