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A partir de este miércoles se pueden presentar las solicitudes para optar a las plazas en la...
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CIUDAD RODRIGO , POLICÍA LOCAL

A partir de este miércoles se pueden presentar las solicitudes para optar a las plazas en la...

Actualizado 17/09/2019
David Rodríguez

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el martes 15 de octubre

El Boletín Oficial del Estado recoge en su edición de este martes 17 de septiembre el anuncio de la convocatoria puesta en marcha por el Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo para cubrir 3 plazas de agente en la plantilla de la Policía Local mirobrigense (2 por oposición en turno libre y 1 por turno de movilidad ?sino aparecen interesados en ésta plaza, habría un total de 3 por oposición libre-).

Una vez se ha producido la publicación de este anuncio en el BOE, unida a las ya registradas en los últimos días en el Boletín Oficial de Castilla y León y en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca, queda abierto el plazo de presentación de solicitudes (a través de los cauces habituales) para optar a esas plazas vacantes. Concretamente, el plazo estará abierto desde este miércoles 18 de septiembre hasta el martes 15 de octubre.

Esa solicitud deberá ir acompañada de copias del DNI y de los permisos de conducir exigidos. Además, en el momento de presentarla, los interesados deberán abonar 20,25? en concepto de "derechos de examen" (excepto los desempleados inscritos en las oficinas del Ecyl y los que reciban alguna pensión, que no abonarán nada).

> ¿Quién puede optar a las plazas?

A la plaza por turno de movilidad pueden optar personas que lleven un mínimo de 5 años ejerciendo como agentes de Policía Local en otros municipios de Castilla y León. Mientras, a las plazas por turno libre pueden optar todos los españoles que tengan entre 18 años y la edad de jubilación forzosa en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que estén en posesión "o en condición de obtener" la titulación de bachiller, formación profesional superior, o título equivalente que permita el acceso al grupo C, subgrupo C1, de la función pública.

Asimismo, no se podrán tener antecedentes penales por delitos dolosos, ni estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitados para empleos o cargos públicos.

De igual modo, se deberá estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de motor de las clases A-2 y B, y cumplir una serie de condiciones físicas y psíquicas, empezando por la estatura: los hombres deben medir al menos 165 centímetros y las mujeres, 160 centímetros.

En torno al peso, no se podrá ser obeso ni tener una delgadez manifiesta, debiendo ser su Índice de Masa Corporal de entre 18,5 y 29,9. A aquellos cuyo índice esté entre 25 y 29,9 se les realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo, no pudiendo superar los 102 centímetros en el caso de los hombres y los 88 centímetros en el caso de las mujeres.

Estarán excluidos los que sufran enfermedades de varios tipos: de la piel y los tejidos (psoriasis o eczema); del aparato digestivo (úlcera gastroduodenal, cirrosis hepática, hernias abdominales o inguinales, pacientes gastrectomizados o colostomizados, o con enfermedad inflamatoria intestinal); del aparato cardiovascular (hipertensión arterial o varices); del aparato respiratorio (asma bronquial, broncopatía, neumotórax espontáneo recidivante o tuberculosis pulmonar activa); del aparato locomotor (patología ósea de extremidades, o defectos de columna vertebral); de la visión (agudeza visual sin corrección inferior a los 2/3 de la visión normal, queratotomía radial, estrabismo, desprendimiento de retina, patología retiniana degenerativa, hemianopsias o discromatopsias); de audición (con cierta pérdida de agudeza auditiva); de la fonación (tartamudez permanente e importante); del sistema nervioso (epilepsia, migraña, depresión, trastorno de la personalidad, psicosis, alcoholismo o toxicomanías); o del aparato endocrino (diabetes), así como los que sufran enfermedades infecciosas y del sistema inmunitario, como intoxicaciones crónicas o hemopatías graves.

Además de esa relación, podrán ser excluidas aquellas personas que sufran otras enfermedades o patologías que, a juicio de los facultativos médicos, limiten o incapaciten al aspirante para el ejercicio de la función policial.

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