Para una familia vulnerable con una hipoteca de 120.000 euros a 30 euros, y que se acoja al Código de Buenas Prácticas, la cuota final se reducirá más de un 30%
El Real Decreto-ley para aliviar la carga hipotecaria de más de un millón de familias vulnerables o en riesgo de vulnerabilidad por la subida del Euríbor ya ha entrado en vigor. ¿Cuáles son los requisitos para poder acogerse a las medidas consensuadas entre el Gobierno, las patronales bancarias y el Banco de España?, ¿quiénes se podrán acoger?
Para los deudores hipotecarios vulnerables (con rentas inferiores a 25.200 euros al año, tres veces el IPREM) se ampliará y reforzará el Código de Buenas Prácticas aprobado en 2012, de forma que podrán reestructurar el préstamo hipotecario con una rebaja del tipo de interés durante el periodo de 5 años de carencia (hasta Euríbor -0,10% desde el Euríbor +0,25 actual).
Se ampliará a 2 años el plazo para solicitar la dación en pago de la vivienda, se contempla la posibilidad de una segunda reestructuración, en caso necesario y se amplía de seis a doce meses el plazo para poder solicitar el alquiler social.
Los hogares con renta inferior a 25.200 euros al año que dediquen más del 50% de su renta mensual al pago de la hipoteca pero que no cumplan el criterio actual del incremento de un 50% del esfuerzo hipotecario podrán acogerse al Código con una carencia de 2 años, un tipo de interés menor durante la carencia y un alargamiento del plazo de la hipoteca en hasta 7 años.
La norma garantiza la salvaguarda y el mantenimiento de las condiciones en el caso de cesión de créditos a un tercero, como, por ejemplo, un fondo de inversión.
Por otro lado, se propone un nuevo Código de Buenas Prácticas que alivie a los deudores de clase media en riesgo de vulnerabilidad por el incremento de la cuota hipotecaria, facilitando a las familias una adaptación más gradual al nuevo entorno de tipos de interés.
Podrán beneficiarse de estas medidas los hogares con renta inferior a 29.400 euros anuales (tres veces y media el IPREM) e hipotecas suscritas hasta el 31 de diciembre de 2022 que tengan una carga hipotecaria superior al 30% de su renta y que haya subido, al menos, un 20%.
Las entidades financieras deberán ofrecer a todos estos casos la posibilidad de congelación durante 12 meses de la cuota, un tipo de interés menor sobre el principal aplazado y un alargamiento del plazo del préstamo hasta 7 años.
Se ha aprobado también la eliminación total de las comisiones para facilitar el cambio de tipo variable a tipo fijo durante el año 2023. Para préstamos a tipo variable, se eliminan también las comisiones por amortización anticipada durante el año que viene.
Después, se reducirá de forma permanente el coste de convertir una hipoteca a tipo variable a una a tipo fijo, del 0,15% al 0,05%.
Los dos Códigos de Buenas Prácticas serán de adhesión voluntaria por parte de las entidades financieras, que estarán obligadas a cumplirlos una vez suscritos.
Se ha establecido el plazo de un mes para que las distintas entidades financieras se sumen a estas medidas y el objetivo es que estén vigentes a partir del 1 de enero de 2023.
Una hipoteca tipo de 120.000 euros constituida a principios de 2018 con un tipo estándar de Euríbor +1% a un plazo de 30 años habría pagado una cuota de alrededor de 360 euros en 2022, que a principios de 2023 se habría disparado hasta 525 euros (un 45%).
Para una familia vulnerable que se acoja al Código de Buenas Prácticas, la cuota final sería de 240 euros, es decir, un 33% menos que en 2022 y un 54% menos que sin las medidas aprobadas. Para una familia vulnerable que no cumpliese el requisito de ver su esfuerzo incrementado en un 50% el esfuerzo hipotecario, la cuota sería de 305 euros, es decir, se reduciría un 42%.
Para las clases medias que se acogiesen al nuevo Código, la cuota sería de 362 euros en el primer año de congelación, lo que supone una reducción del 31%.