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Actualizado 11/11/2022 18:10:19
Redacción

En principio, va dirigido a las mujeres, que sufren más en su vida laboral el impacto de tener un hijo, pero pueden solicitarlo también los padres

El complemento por brecha de género entró en vigor en febrero de 2021 y beneficia a las pensiones aprobadas a partir de esa fecha. Si ha tenido uno o más hijos puede solicitar este complemento junto al trámite de solicitud de su pensión de jubilación, incapacidad o viudedad.

Para solicitarlo, la Seguridad Social también explica que si disponemos de cl@ve, DNI electrónico o certificado digital, se puede hacer desde el portal Tu Seguridad Social.

Si no disponemos de estos métodos de identificación, podemos solicitarlo a través de la plataforma habilitada por el INSS para solicitud y trámites de prestaciones de la Seguridad Social, disponible en este enlace.

En la solicitud correspondiente deberá marcar la casilla específica para la solicitud de este complemento y rellenar los datos relativos a su hijo o hijos.

Si tiene alguna duda, puede llamar al 901 166565 o al 915421176, líneas de atención telefónica del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Es un complemento que solo puede darse a uno de los dos progenitores. En principio, va dirigido a las mujeres, que sufren más en su vida laboral el impacto de tener un hijo, pero pueden solicitarlo también los padres siempre y cuando se hayan visto más perjudicados en la carrera laboral.

En caso de que ninguno de los dos progenitores se hubiese visto perjudicado por periodos sin cotizar o por reducciones de trabajo, el complemento se adjudicará a la madre. Y en el caso de ser dos mujeres a la que tenga la pensión con un importe inferior.

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