La legislación en materia de VPO corresponde a cada Comunidad Autónoma, que será la encarga de establecer los requisitos que tiene que cumplir la vivienda


LOCAL
Actualizado 03/05/2021
Redacción

Salvo que se cumplan determinados requisitos, y además la legislación establece unos precios máximos para la venta y el arrendamiento

Las viviendas de protección oficial tienen ventajas, como el de poder conseguirse por precios más asequibles y ayudas económicas, pero también tienen algunas limitaciones y su uso está regulado. Pero, ¿puedes venderla o alquilarla?

Existen tanto viviendas protegidas de promoción pública como privada, y en función de esta calificación estarán sujetas a una normativa diferente, tal y como explican desde Fotocasa.

La legislación en materia de VPO corresponde a cada Comunidad Autónoma, que será la encarga de establecer los requisitos que tiene que cumplir la vivienda para ser considerada de protección oficial. Por lo general, suelen tener una superficie útil máxima de 90 m2. Como norma general, para que una persona pueda acceder a estas viviendas deberá destinarla a domicilio habitual y permanente y no superar unos ingresos anuales concretos, determinados por la Comunidad Autónoma.

Toda VPO tiene una cédula de calificación definitiva en la que se especifican las características de la vivienda, la duración de su régimen de protección y los precios máximos legales de venta o alquiler.

Por norma general, una vivienda protegida no puede venderse ni alquilarse mientras mantenga su régimen de protección, a no ser que se pida una autorización expresa a la Comunidad Autónoma y se cumplan determinados requisitos. Si no, solo será posible cuando se produzca la descalificación de la vivienda, lo que significa que deja de estar sujeta al régimen de protección.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que, una vez concedido el permiso para realizar estos trámites, la legislación establece unos precios máximos para la venta y el arrendamiento.

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