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Las obligaciones humanas, una llamada a la responsabilidad
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Las obligaciones humanas, una llamada a la responsabilidad

Actualizado 31/05/2023 07:56
Juan Antonio Mateos Pérez

"el yo no es originalmente un sujeto de derechos, sino un sujeto de obligaciones hacia el otro".

SIMONE WEIL

Todo se mueve a gran velocidad, contamos nuestra existencia por la eficacia y no dedicamos tiempo a lo que nos llena, a lo que en apariencia no sirve para nada. Quisiera en estos momentos hacer un elogio de la profundidad en la búsqueda de lo esencial. Mirando hacia el pasado, los llamados hoy “derechos humanos”, son los que la tradición escolástica y principalmente la escuela tomista de Salamanca llamaba “derechos naturales”. Ahí está la obra de Francisco de Vitoria que, en una segunda escolástica e interpretación de la Suma Teológica, tendrá en cuenta no solo la razón, también la escritura: La ley divina, que procede de la gracia, no puede eliminar la ley humana, que procede de la razón natural; y lo natural, ya sea razón, ley, facultad, es tan consustancial al hombre que permanece inmutable a todo tipo de hombre, ya sea cristiano o infiel, indio o negro.

Es necesario decir, que los deberes son el reverso de los derechos humanos, éstos serían impensables si no cumplimos nuestros deberes. En el siglo XX se ha dejado de lado la discusión sobre los deberes humanos y a la vez se ha ido banalizando la lucha por los derechos. Desde la perplejidad hemos asistido a una conquista de los derechos paralela a su violación impune. Es necesario una refundación de la sociedad moderna, donde los Estados deberán garantizar los derechos y desarrollar los deberes, incluyendo en acceso a los bienes esenciales como el agua, la energía eléctrica, la educación, internet, la información veraz, etc. Todos los miembros de una sociedad niños, jóvenes, adultos y ancianos, mujeres y hombres, tenemos obligaciones para cumplir, al igual que libertades para exigir.

Albert Camus pensaba que la construcción del pensamiento europeo y el germen de la nueva Europa sería impensable sin Simone Weil. Parisina, filósofa, profesora, comprometida con los pobres, sindicalista, fresador en la fábrica de coches Renault, militante marxista, idealista alistada en las Brigadas Internacionales en la Guerra Civil española. Quedará horrorizada por los asaltos a iglesias y los fusilamientos de clérigos, que le recuerdan las matanzas de obreros por Stalin en los procesos de Moscú. Su breve experiencia de la Guerra Civil Española significó un punto de inflexión en sus futuras reflexiones, en las que despuntan cuestiones metafísicas y religiosas, que darán paso a lo que se ha denominado la “fase religiosa” de su pensamiento.

En los campos de concentración nazis o las matanzas obreras en el mundo stalinista, Simone Weil descubre el concepto de la gracia. En él influirá de una forma decisiva el universalismo de Pablo de Tarso, en especial el concepto del amor sin límites que emanaba de su predicación. Subrayaba Simone Weil, que el Universo se ha regido por dos fuerzas, la necesidad (gravedad) y la gracia (la luz) y ambas fuerzas son excluyentes. En cuanto a la necesidad, es seguir ciegamente la “ley natural”. La filósofa describe esta ley a través de dos características: a) la expansión del poder y b) la propagación del dolor. En la medida en que el ser humano actúa motivado por estas dos características que definen la ley natural, está actuando inspirado por la necesidad.

Cuando nos guiamos por la necesidad, es natural que el fuerte someta al débil. Donde falta la gracia, no hay equilibrio, no hay posibilidad alguna para la justicia, sólo para la ley del más fuerte. Es la justicia de los vencedores. Esto nos lleva a la desacralización del otro, puesto que nada significa, puede transferirle todo el dolor sin remordimientos. Desde el momento que decidimos que la vida del otro no vale nada, quitársela es lo más natural del mundo.

La ley natural es lo que se impone, es raro acciones de generosidad y compasión. Pero la gracia impide imponer la ley natural, el poder sobre el otro y transferir el dolor. La diferencia esencial radica en la distinta percepción del otro. Quien actúa motivado por la necesidad percibe en el otro solamente un competidor, ve a alguien a quien no considera digno de respeto. Quien actúa motivado por la gracia, por el contrario, percibe en el otro un ser digno de respeto y atención. La gracia es caracterizada como algo excepcional, pero la posibilidad de actuar inspirándose en ella, está al alcance de todos, esto es, no tiene absolutamente nada de excepcional. Solamente actuando inspirado por la gracia puede impedirse la brutalidad, por ello “el único principio de justicia está en el alma humana”.

Un gobierno justo sería aquél, afirma Simone Weil, en el que estuvieran integrados tanto el más fuerte como el más débil, tanto el vencedor como el vencido. Donde no hay fuerzas equilibradas, no hay posibilidad alguna de justicia. Todo ser humano es intermediario entre el más débil y el Bien Absoluto, por lo tanto, el yo no es originalmente un sujeto de derechos, sino un sujeto de obligaciones hacia el otro. La perspectiva aquí es muy diferente, al afirmar que el ser humano es primeramente un sujeto de obligaciones, estamos de hecho afirmando que “soy yo quien le debe al otro” sus derechos. Resulta una acción desde mí hacia el otro. La noción de obligación, por lo tanto, está por encima de la de derecho, la cual le está subordinada y es relativa a ella.

Esto es un giro copernicano, tal como hoy entendemos los derechos, sobre todo los derechos sociales. Para un gobierno es más cómodo reconocer los derechos, trabajo, vivienda, educación, sanidad, etc., que no la obligación de estos derechos. El gobierno declina la responsabilidad de la pobreza de grandes capas de la población. Simone Weil, nos ha dado una pista muy importante en el concepto de justicia y derechos humanos. La obligación, y no el derecho es un concepto absoluto, se basta él solo. La obligación existe incluso en la soledad del sujeto, mientras que son necesarios al menos dos sujetos para poder hablar de derechos.

Tener obligaciones hacia el otro significa atender a sus “necesidades vitales”, sin las cuales su vida física y espiritual correría un grave riesgo. La primera Declaración de las Obligaciones Universales del Ser Humano es de 1997, casi 50 años después de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Ésta recoge esa advertencia de Simone Weil y concluye, que una sociedad democrática debe atender por igual tanto a los derechos, como a sus obligaciones.

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