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El juzgado da la razón a ASPES en su solicitud de plazas para Catedráticos de Enseñanzas Medias
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RECURSO CONTRA EDUCACIÓN

El juzgado da la razón a ASPES en su solicitud de plazas para Catedráticos de Enseñanzas Medias

Actualizado 02/12/2015
Redacción

La Asociación solicitó en 2013 la inclusión en la oferta de empleo público de plazas de Catedráticos para garantizar el derecho a la promoción profesional

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Una sentencia judicial obliga a Educación a restablecer el derecho de ASPES-CL a solicitar plazas para profesores Catedráticos de Enseñanzas Medias. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 2 de Valladolid ha estimado, tal y como informa la Asociación de Profesores de Enseñanza Secundaria de Castilla y León, el recurso formulado frente a la decisión de la Consejería de Educación consistente en rechazar la petición previamente formulada a la Viceconsejería de Hacienda para que se pusieran en marcha los trámites tendentes a la inclusión, en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2014, de un número suficiente de plazas de los cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, al menos para reponer los efectivos amortizados desde el año en que se asumieron plenamente las competencias en la materia.

Los hechos comenzaron a mediados el año 2013, cuando ASPES-CL solicitó formalmente a la Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León la inclusión en la oferta de empleo público de plazas del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanzas Medias, para garantizar el derecho a la promoción profesional que la ley reconoce a los docentes de Secundaria (prácticamente el único colectivo de toda la Administración que carece tanto de carrera profesional incentivada, como de posibilidad de ascenso en el escalafón administrativo).

Sin haber contestado Hacienda, la Consejería de Educación se interpuso en nuestra solicitud y la rechazó, contestando que era contraria al límite del 10% de tasa de reposición (cupo de plazas de nueva creación). En forma y fondo era una respuesta claramente ilegal: en cuanto a la forma, porque a Educación no le cabía turno de respuesta (el requerimiento era para Hacienda) y no daba pié a posibles recursos; y en cuanto al fondo, porque las plazas de Catedráticos no son plazas nuevas sino la transformación de algunas ya existentes.

Mediante recurso de alzada en mayo de 2014, ASPES hizo ver a Educación que estaba incumpliendo la normativa, sin que hubiera respuesta por parte de esa instancia administrativa. En consecuencia y ante tan irregular gestión, ASPES recurrió a la justicia administrativa, cuya primera resolución ha sido condenar a la Administración por su proceder ilegal.

El Juzgado, en sentencia nº 00195/2015 de 18 de noviembre de 2015, ordena a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación que proceda a reenviar a la Viceconsejería de Hacienda la solicitud de ASPES, con el fin de ser atendida y resuelta. Argumenta el juzgado que la respuesta a la petición de ASPES debió de darse lógicamente desde Hacienda (con explicación de razones para la denegación y posibilidad de recursos) y no desde Educación, lo que provocó una indefensión determinante de nulidad de pleno derecho del art. 62 de la ley 30/92. Además, el juzgado impone a la Administración el pago de las costas procesales.

ASPES-CL seguirá insistiendo ante la Administración Autonómica hasta conseguir que se convoquen las plazas para Catedráticos de Enseñanzas Medias en la correspondiente oferta de Empleo Público, habida cuenta de la constante conculcación del derecho a la promoción profesional que viene sufriendo este colectivo docente.

Asimismo, ASPES-CL entiende que resultaría mucho más aconsejable para la imagen de la Consejería de Educación -y más económico para las arcas públicas- que la Administración educativa se dedicara a gestionar los asuntos de su competencia de forma correcta y conforme a la legalidad, evitando tanto las arbitrariedades normativas como las costas procesales, que terminan siendo abonadas con el dinero de todos.

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