Para poder cobrar una prestación por desempleo es necesario que la baja en el trabajo no se haya producido de forma voluntaria
La prestación por desempleo de nivel contributivo está gestionada y abonada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y se percibe tras la pérdida involuntaria de un empleo. La cuantía se calcula en función de las cotizaciones realizadas durante los periodos trabajados. Antes de solicitar la prestación por desempleo, hay algunas cuestiones que conviene saber. La primera, y la más importante, es que si abandona un trabajo de forma voluntaria no puede percibir la prestación por desempleo ya que según establece la normativa legal.
Para poder cobrar una prestación por desempleo es necesario que la baja en el trabajo no se haya producido de forma voluntaria.
¿Se puede cobrar el subsidio en caso de no tener cargas familiares?
Sí puede cobrar un subsidio aunque no tenga cargas familiares, como en el caso de personas desempleadas mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva, personas desempleadas mayores de 52 años que cumplan todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a la pensión de jubilación, personas desempleadas que hayan cotizado entre 180 y 359 días, personas desempleadas que hayan sido declaradas plenamente capaces o inválidas parciales como consecuencia de la revisión de su pensión de invalidez, personas liberadas de prisión y personas trabajadoras emigrantes retornadas.