Habrá nuevas especialidades para las producciones de vino de calidad, incluyendo en el etiquetado 'vino de pueblo' y 'vino de paraje'
La Consejería de Agricultura y Ganadería somete a información pública el proyecto de Decreto que regulará el procedimiento para que los productos agroalimentarios de calidad diferenciada puedan distinguirse como Denominación de Origen Protegida o Indicación Geográfica Protegida. El texto refleja una normativa más simple, con nuevas identificaciones más cercanas al consumidor y nuevas especialidades para las producciones vínicas de calidad, posibilitando que el etiquetado incluya las menciones 'vino de pueblo' y 'vino de paraje'.
Con este aval comunitario, el proyecto de reglamento desarrolla la Ley Agraria detallando con todas las garantías los distintos hitos de la trayectoria de una DOP o IGP desde que es solicitada por los productores hasta los supuestos de su extinción. Se incorpora como novedad respecto a la regulación actual un tratamiento administrativo más simplificado en lo que respecta al reconocimiento de una DOP o IGP y se acortan los plazos para la tramitación. También se incluyen varias novedades importantes en el inicio de la andadura de la DOP o IGP vínicas; por un lado, se regula el uso de los términos "vino de pueblo" o "vino de paraje" en el etiquetado, y por otro, se reorientan los requisitos exigidos a los vinos de pago. Por lo que se refiere a la gestión de la DOP o IGP, ya no será obligatorio que exista un órgano de gestión como hasta ahora. Además, para que el operador pueda comenzar su actividad económica bastará con una comunicación de inicio de actividad sin que sea necesario esperar a la inscripción en el registro para comenzar a comercializar su producto.
Las DOP y las IGP estarán sometidas a rigurosos controles de calidad. El reglamento dedica una parte importante de su articulado a establecer las diversas modalidades en las que se manifiesta dicho control. En primer término, el control oficial, que realizará el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (Itacyl) y que se podrá extender a los establecimientos minoristas y otros puntos de venta. Este control oficial se complementa con la habilitación de personal técnico de los consejos reguladores en tareas de control y con la posible delegación de tareas de control en entidades certificadas.
Hay que destacar también el apoyo que se prestará a los operadores que trabajan amparados por la calidad diferenciada con la puesta en funcionamiento de la base de datos prevista en el reglamento. Será gestionada por el Itacyl y aportará transparencia, oportunidades de negocio y una información precisa y accesible para los consumidores.
El nuevo proyecto de reglamento entra ahora en su fase de participación ciudadana. A través del portal del Gobierno Abierto de la Junta, la ciudadanía en general y -de forma particular- todas las asociaciones y entidades interesadas podrán hacer sus aportaciones y propuestas de mejora al texto normativo que tras los trámites procedimentales propios será aprobado por la Junta de Castilla y León.