SALAMAQ
Actualizado 06/09/2015
Redacción

La autora explicó que la reforma exige la identificación de las parcelas y del propietario

¿Se puede ceder o subarrendar una finca? ¿Qué gastos corren a cargo del arrendador? ¿Qué duración tienen los arrendamientos? ¿El contrato, escrito o puede ser verbal? Son algunas de las dudas que hoy ha aclarado la abogada Celia Miravalles en la jornada profesional sobre la nueva PAC y su incidencia en los arrendamientos rústicos organizada por el periódico digital agrario www.agronescastillayleon.com

Miravalles, abogada especializada en derecho agrario y autora de 'Guía práctica de arrendamientos rústicos', ha explicado que se trata de un momento importante por la nueva reforma de la PAC y su incidencia en los arrendamientos, tanto los que ya están en vigor como los nuevos y supondrá, afirmó, "una legalización y clarificación porque se exige la identificación de las parcelas y del propietario y mucha seguridad jurídica".

La experta también apuntó que es muy importante poner en los contratos de arrendamientos rústicos "lo relativo a los derechos y la posible devolución que haya para el propietario al finalizar el contrato".

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