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El Tribunal de Cuentas desestima la demanda por la que el alcalde y el secretario de Villarino debían devolver 28.000 euros
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LA CANTIDAD CORRESPONDÍA AL PAGO DE MEDICINAS A DOS FUNCIONARIOS MUNICIPALES

El Tribunal de Cuentas desestima la demanda por la que el alcalde y el secretario de Villarino debían devolver 28.000 euros

Actualizado 02/10/2022 09:17
Miguel Corral

El fallo será recurrido ante el Tribunal Supremo por el Grupo municipal Villarino y Cabeza, por entender que el Tribunal de Cuentas no entra a valorar que los presupuestos a los que se cargaron las facturas estaban anulados por el TSJ

El Tribunal de Cuentas ha desestimado “íntegramente” la demanda interpuesta contra el alcalde de Villarino, Julián Martín, y el secretario del Ayuntamiento, Benito Guerra, por la que ambos debían reintegrar a las arcas municipales 28.414 euros que habían sido abonados a dos funcionarios municipales, entre 2017 y 2020, por la compra de medicinas. Tampoco se imponen costas a ninguna de las partes.

Este fallo del Tribunal de Cuentas es resultado del recurso de apelación interpuesta por el regidor y el secretario contra un primer fallo del Consejero de Cuentas del Departamento Tercero de la Sección de Enjuiciamiento, tras la demanda interpuesta por el portavoz del Grupo municipal Villarino y Cabeza, Javier Sendín.

En esta ocasión, el Tribunal de Cuentas entiende que ”al existir la previsión del crédito presupuestario ‘920.160.08 GASTOS (Área 9), Asistencia Médico Farmacéutica’ en todos los ejercicios económicos a los que se refieren los hechos enjuiciados, no se le puede imputar responsabilidad contable por haber intervenido en la ordenación de los pagos de referencia efectuada por el Alcalde y en la realización material de los mismos en los ejercicios 2017 a 2020 con cargo a dicho crédito presupuestario”.

VyC recurrirá el fallo en casación ante el Supremo

Ante el nuevo fallo del Tribunal de Cuentas, por el que se exonera al alcalde y al secretario municipal, el portavoz de VyC en el Ayuntamiento, Javier Sendín, en declaraciones a LAS ARRIBES AL DÍA ha señalado que el fallo del Tribunal de Cuentas “es recurrible ante el Supremo en casación y la vamos a recurrir”. El portavoz y abogado de VyC entiende “el Tribunal de Cuentas no juzga si había razón o no para autorizar los pagos sino si había partida presupuestaria aprobada legalmente para hacerlos, y a pesar de haber dos sentencias que anulan los presupuestos de 2017 y 2018, considera que sí había una partida presupuestaria aprobada por el pleno”.

Según Sendín, “la exoneración del Tribunal de Cuentas no significa que se termine su responsabilidad, pues tenemos dos sentencias del TSJ donde dice que los pagos son nulos de pleno derecho y otra que dice que hay que cumplir la resolución del Pleno de 27 de diciembre de 2017, donde se aprobó que no se pagaran más esos gastos”.

Por otro lado, el portavoz de VyC recuerda que en el pleno municipal del jueves pasado se aprobó una moción en la que, de acuerdo con las sentencias del TSJ, “se inicien los trámites para que los responsables ingresen el importe pagado irregularmente en esos años en la caja municipal. Es decir pedimos que se ejecuten sentencias firmes que han estado en suspenso hasta que se supiera el resultado del Tribunal Cuentas”, añade Sendín.

Asimismo, el portavoz de VyC recuerda que esta demanda “se encuentra también en una querella en vía penal en el Juzgado de Vitigudino y que está pendiente de admisión a trámite”.

Por último, Sendín asegura que “el alcalde tiene 17 sentencias condenatorias, es decir en las que teníamos razón, que han costado al Ayuntamiento 62.000 euros en gastos de defensa por su propia incompetencia. Solo coloca en la página web del Ayuntamiento esta sentencia que le exonera y que además no es firme. Por ello, vamos a demandarle por utilización fraudulenta de un bien público en su propio beneficio, como es la página web”, concluía.

El TC enmienda a su consejero de Cuentas

En un primer momento, el Tribunal de Cuentas consideraba responsables contables directos y solidarios al alcalde de Villarino y al secretario municipal, del alcance causado en los fondos del Ayuntamiento de Villarino de los Aires por 28.414 euros, cantidad que corresponde a lo abonado a una entidad privada, en concepto de asistencia médico-farmacéutica de dos funcionarios municipales, entre los ejercicios 2017 y 2020, ambos inclusive.

Esa primera sentencia surgía ante el recurso contencioso interpuesto por el Grupo municipal Villarino y Cabeza, por el incumplimiento del acuerdo plenario de 28 diciembre de 2017, por el que se aprobaba una moción presentada por este Grupo y que consistía en la "anulación, en el presupuesto ya aprobado para 2017, del crédito presupuestario (…) por importe de 9.000 euros y correspondiente a gastos de asistencia médico-farmacéutica de dos funcionarios del Ayuntamiento y que dichos funcionarios fueran dados de alta en la Seguridad Social como el resto de los trabajadores del Ayuntamiento", según recogía la sentencia.

Tras ese primer fallo del Juzgado de lo Contencioso nº 2 de Salamanca en contra del recurso, VyC recurrió a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), la que finalmente condenó al Ayuntamiento de Villarino de los Aires, en sentencia de 27 de enero de 2020, "a cumplir las obligaciones asumidas en el acuerdo de 28 de diciembre de 2017 procediendo a su ejecución".

Pero no fue hasta el 24 septiembre de 2020, fecha en la que el pleno municipal, "reconociendo implícitamente la irregularidad de los pagos demandados", acordó "dejar sin efecto definitivamente el acuerdo del pleno municipal de 16 de abril de 1993 y proceder a la integración de los funcionarios municipales en el Sistema General de la Seguridad Social a partir del 1 de enero de 2021 y no abonar cantidad alguna en concepto de asistencia farmacéutica".

De esta actuación el Tribunal de Cuentas consideró responsables solidarios tanto al secretario como al alcalde, al primero, como interventor, por tener la "responsabilidad de controlar que tanto el gasto que se vaya a autorizar como el pago a ordenar se ajustan a la legalidad aplicable y a la realidad de la situación presupuestaria de la administración pública afectada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones emitir las notas de reparo que, en su caso, procedieran, tratando de evitar que se produzca cualquier clase de infracción normativa"; y al alcalde por no "hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento", en este caso el de 28 de diciembre de 2017".

Además de la devolución a las arcas municipales de 28.414 euros, ambos responsables municipales deberían hacer frente al pago de los "intereses ordinarios, que se calcularán, en fase de ejecución de sentencia, (…) sin perjuicio del posterior cálculo de los intereses de la mora procesal en función de la fecha del reintegro del principal del alcance."

Desaparición de la mutua de funcionarios

Hay que señalar que en 1993, tras la desaparición de la mutua de funcionarios, el Ayuntamiento de Villarino contrata con una entidad privada la atención médica para los funcionarios en plantilla entonces, no así los gastos de farmacia. Por otro lado, es en 1994 cuando se produce la llegada del actual secretario-interventor, el cual no tendría derecho a esa prestación. Pero no es hasta enero de 2020 cuando se produce la sentencia del TSJCyL que resuelve a favor del recurso interpuesto por VyC, pues cabe destacar que en un primer lugar se produce una resolución desfavorable del Juzgado de lo Contencioso nº 2 de Salamanca, motivo este por el que el alcalde no prestó la atención necesaria al cumplimiento del acuerdo plenario del 28 de diciembre de 2017, cuestión que el Tribunal de Cuentas no valora en este último fallo.