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La OCU advierte de la posibilidad de reducir los impuestos antes del 31 de diciembre
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TRUCOS FISCALES

La OCU advierte de la posibilidad de reducir los impuestos antes del 31 de diciembre

Actualizado 02/12/2018
Redacción

Revisar los gastos, comunicar los cambios familiars y sustituir el salario en metálico por salario en especie son algunas de las recomendaciones

Quedan pocas semanas para que acabe el año. Entre otras muchas cosas, es el momento de actuar para pagar menos impuestos la próxima primavera. Para hacerlo, la OCU aconseja actuar antes del 31 de diciembre, y para ello la Organización de Consumidores y Usuarios ha advertido sobre unos "trucos fiscales".

  • Comunicar los cambios que se produzcan en tu familia. La cantidad de retención a cuenta del IRPF depende entre otras cosas de las circunstancias familiares.
  • Cambiar el salario en metálico por salario en especie. Algunas retribuciones están exentas de pagar IRPF, como por ejemplo, los seguros sanitarios para el trabajador, su cónyuge y sus hijos.
  • Esperar a cumplir 65 años si se quiere transmitir la vienda. La ganancia que obtendrás estará libre de impuestos.
  • Aportar a un buen plan de pensiones
  • Si se tiene derecho a deducir por compra, amortizar hipoteca. Si realizaste la compra de tu casa antes de 2013, se deduce el 15% de lo pagado para comprar la vivienda, sobre un máximo de 9.040 euros, si pagas menos de eso, o de 18.080 si lo pagas con tu cónyuge y declaráis por separado, te interesa amortizar anticipadamente una cantidad que llegue hasta ese límite y así se aproveche íntegramente la deducción.
  • Revisar los gastos como profesional. Si pagas cuotas sindicales, cuotas al colegio profesional o si has tenido un pleito laboral y has pagado honorarios al abogado y procurador, esos gastos se deducen de los ingresos del trabajo, con lo que pagas menos por ellos.
  • Los donativos deducen. Los donativos a ONGs, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro permite deducir más que el año pasado: se puede deducir un 75% sobre los primeros 150 euros, y un 30% sobre lo que exceda de esa cantidad (puede subir al 35% si es el tercer que donas a la misma entidad y cada la donación ha sido igual o superior a la del anterior).
  • Si eres arrendador, aprovecha. Si eres propietario de un inmueble en alquiler, puedes deducir de la renta sujeta a IRPF los gastos hechos para obtenerla: IBI, anuncios, agencia, seguros, comunidad? y también los gastos de reparación y conservación y los intereses de préstamos para la compra o mejora del inmueble (estos con un límite).
  • Guardar todos los justificantes de los gastos deducibles (recibos de pago de cursos, de las donaciones...) para prevenir posibles problemas.

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