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Sistema judicial, aumento de las advertencias de la UE a España
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Sistema judicial, aumento de las advertencias de la UE a España

Actualizado 12/10/2021
Marcelino García

Varias instituciones de la Unión Europea advierten a España por el funcionamiento de su sistea judicial. La ley de Seguridad Ciudadana, la débil independencia judicial y el Código Penal son puestas en el punto de mira.

Nadia Rodríguez Sánchez. Defensora de los DD. HH.

las condenas impuestas a diversos artistas por las letras de sus canciones, como es el caso del rapero Pablo Hasel o Josep Valtònyc, así como a activistas por declaraciones publicadas en sus redes sociales que las autoridades españolas han considerado ofensivas en base a diversas disposiciones del Código Penal; especialmente, se han impuesto condenas por enaltecimiento del terrorismo o referidas a calumnias e insultos a la Corona. En el escrito la comisaria muestra su profunda preocupación en cuanto a la claridad de los delitos de enaltecimiento del terrorismo en las disposiciones del Código Penal, pues implican fuertes restricciones a la libertad de expresión.

En segundo lugar, en lo referido a la ley de Seguridad Ciudadana, el dictamen adoptado por la Comisión de Venecia, del Consejo de Europa, insta a España a reformar dicha ley: analizando su funcionamiento y su capacidad de restricción de los derechos humanos. Esta ley contiene una serie de disposiciones que otorga poderes a la policía sin especificar en qué casos los cuerpos policiales podrán emplear dichos poderes. Dicha Comisión recuerda la importancia de que las leyes sean claras y previsibles para garantizar un trato igualitario y la seguridad jurídica.

En tercer lugar, en lo que respecta a los inmigrantes, la Comisión entiende que España se encuentra con dos frentes abiertos: por un lado, debe proteger sus fronteras y, por otro lado, debe hacer cumplir el derecho internacional al que se acoge. Pero establece que los policías de España no pueden rechazar a los migrantes en frontera si el extranjero presenta razones para no emplear los procedimientos ordinarios de asilo.

En cuarto lugar, respecto a la renovación del Consejo General del Poder Judicial, el portavoz de Justicia de la Comisión Europea anunció el seguimiento del proceso ya que consideran esencial la reducción de la influencia del poder legislativo o del poder ejecutivo sobre el poder judicial, estableciendo un reforzamiento de la independencia judicial. El Poder judicial no pude ser objeto de la politización. Los nuevos nombramientos dependerían de una mayoría cualificada de tres quintos y en el año 2019 se convocaron dos elecciones. Ciertamente, la ley establece que el Consejo caducado seguirá funcionando hasta la entrada en vigor del nuevo Consejo. En mayo del 2020, el Consejo decidió continuar con los nombramientos.

Además, el informe de la Comisión mencionaba la relación entre la Fiscalía General y el Ejecutivo ya que, al coincidir el tiempo de mandato del Fiscal General, al cual no se puede destituir, con el mandato de Gobierno, se puso en duda su independencia. Para que los ciudadanos confíen en la división de poderes, es necesario que el poder judicial sea imparcial, a la par que objetivo e independiente del poder legislativo y el poder ejecutivo. Además, no existe transparencia en las comunicaciones ya que la ley dictamina que las relaaciones entre el Ejecutivo y la Fiscalía deberán ser a través del Ministerio de Justicia y el Fiscal General, siendo un tema que preocupa especialmente al Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO).

En quinto lugar, se ha evaluado a través de un informe la aplicación del Convenio de Estambul por parte de España, que ha sido elaborado por el Grupo de Expertos en Acción contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (GREVIO) del Consejo de Europa. En el mismo muestran preocupación por el hecho de que la legislación española está centrada en la violencia de pareja y porque las diversas autonomías hacen aumentar las variaciones en cuanto a la aplicación del Convenio de Estambul en las regiones, aunque existan medidas coordinadas por todas las autoridades españolas.

De esta forma, no existen niveles de protección y apoyo comparables. Al mismo tiempo, pocas Comunidades Autónomas dan apoyos especializados a mujeres con graves problemas de acoso, esterilización forzada, mutilación genital o aborto. Simultáneamente, otro dato preocupante es el aumento de violaciones colectivas junto con las interpretaciones de los tribunales españoles a diversas denuncias de violación y abuso sexual que han puesto en jaque a la ciudadanía.

En sexto lugar, la Comisión Europea contra el racismo y la Intolerancia (ECRI) del Consejo de Europa, denunció que España no acogiera dos recomendaciones de carácter prioritario del 2018 por las que se crea un organismo de igualdad independiente y se realizan acciones que aumenten el número de niños de etnia gitana que terminan los estudios obligatorios. A pesar de esta lentitud, la Comisión entiende la situación complicada de España al celebrar dos elecciones generales en el año 2019 y, actualmente, estar inmersa en la pandemia global de la COVID-19, lo cual es causa también del retraso legislativo español en la creación de la Ley de Igualdad de Trato, así como en la creación del organismo de igualdad independiente. En lo referido al número de niños de etnia gitana que terminan sus estudios obligatorios, declara necesario la implementación de actividades que garanticen ese aumento. Sin embargo, no se han podido obtener datos actualizados sobre los niños de etnia gitana que acaban la educación obligatoria porque España no los presenta desde el último informe del 2018. Por lo tanto, la ECRI no puede entrar en valoraciones sobre si la estrategia y el plan operativo implantados han tenido éxito.

En séptimo lugar, ese mismo año, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó en una sentencia que Arnaldo Otegi junto con cuatro condenados no tuvieron opción a un juicio justo, condenando así a España por negarse a atender la recusación por parcialidad presentada por Otegi y estas cuatro personas de la izquierda abertzale en el año 2011. En esta misma línea, un año después, ante la pregunta del Tribunal Supremo español sobre si Oriol Junqueras podía gozar de inmunidad estando en prisión preventiva por el juicio del procés, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció que Oriol Junqueras debía reconocerse como eurodiputado de pleno derecho, inclusive la inmunidad, una vez declarados los resultados de las elecciones. Esta sentencia fue publicada una vez condenado Junqueras a trece años de cárcel por malversación y sedición. Al contrario, Carles Puigdemont, Clara Ponsatí y Toni Comín pudieron tomar posesión ocho meses después de ser elegidos en las elecciones.

Por otro lado, España fue condenada por el uso desmesurado de la fuerza de la policía contra una protesta pacífica enfocada contra los recortes, el 2 de febrero de 2014 en Valladolid, que dejó incapacitada a Laguna Guzmán. El fallo esclarecía que se vulneró el derecho de protesta junto con el resultado de la incapacitación de la persona por los golpes de la policía sin estar justificados en ningún momento, ya que la afectada no estaba cometiendo ningún hecho delictivo.

El último caso destacable ha sido la condena a España por parte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos por no investigar las denuncias interpuestas por los afectados sobre las actuaciones de la policía en la manifestación de Rodea el Congreso celebrada el 29 de septiembre del año 2012. Incluso, a pesar de que los tribunales españoles no vieron violación de los derechos fundamentales, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictamina la trasgresión por parte de España del artículo 3 de la Convención sobre la prohibición de la tortura.

Todos estos casos muestran que organismos europeos e internacionales llaman la atención a España por el bajo respeto a los derechos humanos, así como su poca aparente intencionalidad de adaptar la legislación al avance y protección de los mismos. En un país que se entiende defensor de los derechos humanos y con una democracia consolidada, siguen existiendo vejaciones y malos tratos a la ciudadanía, acortando sus derechos fundamentales defendidos por la propia Constitución de 1978 como norma suprema de la nación. Sorprendentemente, la separación de poderes no es tal y como debería, y la propia legislación adoptada sigue en muchas ocasiones intereses de los partidos políticos de turno, suponiendo una lacra que España debe superar.

Es el momento de defender realmente los derechos humanos, el momento de dejar de recibir noticias constantes en las que se condena a España por trasgredir los derechos humanos, es el momento de adaptarnos a los cambios y defender con leyes claras y fuertes a todos los seres humanos y sus derechos fundamentales; y, por supuesto, es el momento de dejar los intereses particulares atrás en favor de los intereses colectivos.

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