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La Diputación pondrá en marcha en un mes el servicio de recogida de residuos de construcción y...
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Pendiente de adjudicación las zonas de Béjar, Ciudad Rodrigo y Vitigudino

La Diputación pondrá en marcha en un mes el servicio de recogida de residuos de construcción y...

Actualizado 05/07/2021
Miguel Corral

El coste real para ayuntamientos y mancomunidades será de 130 euros por alquiler anual del contenedor y de 182 euros por recogida, transporte y tratamiento de residuos de construcción

La Diputación de Salamanca aprobó, en su sesión ordinaria del pleno correspondiente al mes de junio, la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida, transporte y entrega a gestor autorizado de residuos de construcción y demolición (RCD´S) procedentes de obras menores y de residuos vegetales, así como por infracciones.

La nueva ordenanza regula los precios que deberán abonar las entidades locales, ayuntamientos y mancomunidades, por la prestación de este servicio, muy demandado en el ámbito rural desde hace años y con el que la Diputación de Salamanca pretende que se cumpla la normativa europea, en cuanto a la gestión de residuos, y se ponga fin a las escombreras en los municipios.

Precisamente, la creación de esta ordenanza y la puesta en marcha de este servicio responde al acuerdo alcanzado entre la Diputación de Salamanca y la Junta de Castilla y León por el que la Administración regional se comprometía al sellado de las escombreras en la provincia y la Diputación a la puesta en marcha de este servicio de recogida y tratamiento de residuos de construcción y vegetales, según informaba a este diario el diputado delegado del área de Medio Ambiente, Román Hernández.

Sobre el comienzo de este servicio, Román Hernández estima que se produzca el próximo mes de agosto después de haberse concluido el proceso de licitación en las zonas de Salamanca y Peñaranda, quedando pendiente las zonas de Vitigudino, Ciudad Rodrigo y Béjar, "donde no hubo empresas interesadas en el concurso", señala el diputado de Medio Ambiente. Ante este hecho la Diputación recurrirá al procedimiento negociado con empresas de la zona, por lo que "esperamos que en un mes esté adjudicado", añade.

Los precios establecidos corresponden a contenedores de 7 metros cúbicos de capacidad, y en la ordenanza se establece tanto el precio de alquiler del contenedor, por un año, que sería de 200 euros, como el precio de recogida, establecido en 280 euros para residuos de construcción y en 247 euros para los residuos vegetales, aunque el coste para las entidades locales solicitantes se rebajará en un 35%, porcentaje que será financiado por la Diputación.

De este modo, el coste real para los solicitantes se limita al 65% de la tasa, es decir, 130 euros al año por alquiler del contenedor, 182 euros por recogida, transporte y tratamiento de residuos de construcción, y 160,55 euros por la recogida de vegetales. Cabe señalar que los residuos no podrán proceder de obras mayores, únicamente se admitirán residuos de construcción de obras menores, es decir, de aquellas que no requieran proyecto técnico. Asimismo, los residuos vegetales deberán ser los habituales de núcleos urbanos, podas de arbolado y jardinería, en ningún caso de desmontes u otras tareas agrícolas o forestales.

El tipo de residuos se divide según sus componentes, hormigón; ladrillos; tejas y materiales cerámicos; mezclas de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos con sustancias peligrosas; residuos mezclados de construcción y demolición distintos de los anteriores; y residuos biodegradables.

No podrán depositarse residuos de formulación, fabricación, distribución y utilización de revestimientos (pinturas, barnices y esmaltes), pegamentos, sellantes y tintas de impresión. Tampoco aceites usados disolventes, material de aislamiento conteniendo amianto, plásticos, cables, etc.

Se excluyen de este servicio los residuos provenientes de obras mayores, entendiendo por tales las obras de construcción de viviendas, naves, o de mejora importante, gran reforma y reparación, o que afecte a la estructura resistente del edificio, etc., precisadas de Proyecto técnico, que son responsabilidad de los propietarios de las obras o inmuebles en que se hagan o de los contratistas que les hagan las obras, quienes deben entregarlos a un Gestor Autorizado.

Por residuos vegetales se consideran todos aquellos restos naturales de carácter vegetal que son biodegradables y cuyo origen son las labores de desbroce y limpieza de parcelas, solares, huertos? Se excluyen de este servicio los restos vegetales de talas en bosques, restos de aprovechamientos madereros, restos de industrias manufactureras de la madero o envases? es decir, cualquier resto vegetal que no sea de naturaleza doméstica o asimilable a doméstica.