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Salamanca, en nivel 1: ¿qué se puede hacer y qué no a partir de este viernes?
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LAS MEDIDAS SE REVISARÁN CADA 14 DÍAS

Salamanca, en nivel 1: ¿qué se puede hacer y qué no a partir de este viernes?

Actualizado 18/06/2021
Redacción

Relajación de restricciones con el aumento de aforos, aunque hay que seguir cumpliendo algunas medidas para evitar dar un paso atrás

Salamanca -y el resto de Castilla y León- entra este viernes en nivel 1 de alerta sanitaria ante la mejora mantenida de los indicadores sanitarios. Buena evolución de los datos, y sobre todo el avance de la vacunación frente a la Covid-19, que permiten relajar medidas y restricciones. No obstante, hay que seguir cumpliendo algunas medidas para evitar dar un paso atrás, así como las obligaciones generales referidas a la distancia interpersonal de seguridad y el uso de la mascarilla, entre otras. ¿Qué se puede hacer y qué no a partir de este viernes?

Hostelería y restauración

Aforo máximo 75% y máximo de 25 personas por mesa o agrupaciones de mesa.

En terrazas, sin límite de aforo para las mesas permitidas y máximo de 25 personas por mesa o agrupaciones de mesa.

Permitido el consumo en barra y de pie en el interior

Tanto en interior como en exterior sigue vigente el cumplimiento de la separación entre sillas de mesas y de agrupaciones de mesas, de dos metros en interior y de 1,5 m en terraza, para que se permita la distancia interpersonal de seguridad y el uso de la mascarilla obligatorio, con la excepcionalidad del momento del consumo de alimentos o bebidas.

Ocio nocturno

Las discotecas tendrán un aforo del 50% y los pubs, karaokes y similares del 75%.

El horario de cierre será el establecido según las ordenanzas municipales.

Se permiten los cócteles y similares manteniendo las distancias de seguridad y medidas de higiene.

Locales comerciales y de actividades profesionales abiertos al público, el aforo es del 75 %.

Se permite el consumo de alimentos y bebidas en salas de cine, eventos deportivos con público y plazas de toros.

Cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares

Así como locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, cerrados o al aire libre: aforo máximo del 75%, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia

Instalaciones y centros deportivos

La actividad físico-deportiva podrá realizarse, garantizando la distancia de seguridad y la adecuada ventilación; sin límite de aforo en espacios al aire libre y del 85 % máximo en cerrados.