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Aprobada la bajada al nivel 1 de alerta, que permite a la hostelería recuperar sus horarios...
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Aprobada la bajada al nivel 1 de alerta, que permite a la hostelería recuperar sus horarios...

Actualizado 17/06/2021
David Rodríguez

A partir de este viernes, pueden reabrir las peñas y se puede volver a consumir de pie en el interior de los bares

Cumplidas las dos semanas preceptivas en el nivel 2 de alerta, el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León aprobó en su reunión de la mañana del jueves la bajada al nivel 1 de alerta de toda la Comunidad a partir de este viernes 18 de junio, lo que implica cambios para todos los sectores de actividad, en algunos casos yendo más allá del semáforo de medidas de restricción aprobado a principios del mes de mayo.

Para algunos sectores, esta bajada del nivel de alerta ya es definitivo, ya que desaparece el límite de aforo en bibliotecas, archivos, museos y salas de exposiciones (también deja de haber límite en los grupos que pueden visitar esos espacios), monumentos y equipamientos culturales (con la salvedad de centros de interpretación, aulas de la naturaleza y puntos de información, que seguirán al 75%), actividades educativas, conferencias, talleres, conciertos, y piscinas, spas y balnearios, además de volver a estar permitida la apertura de las peñas (entendidas como cualquier local en el que se desarrollen actividades de recreo).

Asimismo, desaparece el límite de aforo en los espacios al aire libre en las instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la práctica deportiva no profesional, creciendo del 50% al 85% el aforo de los espacios cerrados de esas instalaciones (garantizándose eso sí la distancia de seguridad y la adecuada ventilación).

De igual modo, desaparece el límite de aforo (respecto al que había permitido el año anterior) en las terrazas de los establecimientos de hostelería, aunque en cada mesa o agrupación de mesas podrá haber un máximo de 25 personas. También crece de 10 a 25 el número máximo de personas por mesa en el interior de los establecimientos de hostelería (como norma común se mantienen los 2 metros entre mesas en el interior y los 1,5 metros en terraza), con un aforo máximo común del 75% en el interior de la hostelería (hasta ahora había diferentes grados en función del número de comensales).

Además, como otras dos grandes novedades, vuelve a estar permitido el consumo en barra y de pie salvo en las terrazas (autorizándose de este modo los cócteles); y los establecimientos de hostelería pueden recuperar sus horarios habituales en función de la licencia que cada uno tenga (las terrazas ya podían funcionar hasta lo que marcase la ordenanza, mientras que el interior de los establecimientos debía cerrar a las 2 de la mañana). Respecto al ocio nocturno, pubs, karaokes y similares tendrán un aforo del 75%, y las discotecas, de un 50%.

A nivel comercial, sube del 50 al 75% el aforo máximo permitido en establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público que no formen parte de centros o parques comerciales; al igual que ocurre con los mercados en la vía pública, y con los establecimientos y locales de juego y apuestas, con un máximo en este caso de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.

También crece del 50% al 75% el aforo permitido (con un máximo de 500 personas en lugares cerrados y 1.000 personas al aire libre) en recintos, locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas o deportivas; así como en las actividades de plazas, recintos e instalaciones taurinas (siempre manteniendo ese asiento de separación en la misma fila). En los recintos deportivos y taurinos vuelve a estar permitido el consumo de alimentos y bebidas, así como en los cines.

Eso sí, en cines, teatros, auditorios, circos de carpa -y espacios similares-, locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales (cerrados o al aire libre), mantienen el 75% de aforo que tenían en el nivel 2 de alerta (siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila -en caso de asientos fijos-, o 1,5 metros sino hay asientos fijos).

La subida del 50% al 75% de aforo también se experimenta asimismo en academias, autoescuelas, centros privados de enseñanza no reglada y centros de formación (dejándose de recomendar la enseñanza telemática como hasta ahora); así como en congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y actos similares (con un máximo de 100 asistentes).

El aforo máximo permitido en velatorios y entierros en espacios cerrados sube igualmente del 50% al 75%, pasando a ser el número máximo de integrantes de la comitiva de 75 personas entre familiares y allegados (frente a los 50 actuales). Hay que recordar que en los espacios abiertos ya no había limitación de aforo salvo para garantizar la distancia de seguridad. Mientras, en lo que se refiere a ceremonias nupciales y otras religiosas o civiles, el aforo máximo en espacios al aire libre también crece del 50% al 75%, mientras que en espacios cerrados (públicos o privados), sólo sube del 33% al 50%.

Respecto a las actividades de tiempo libre dirigidas a la población juvenil, se mantiene el aforo máximo permitido del 75% respecto a la asistencia máxima habitual, aunque aumenta el número máximo de personas permitidas: de 100 a 150 en espacios cerrados, y de 200 a 250 en espacios al aire libre. Asimismo, en las actividades de turismo activo, los grupos pasan de 15 a 30 personas.