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Darias comunica a las CCAA la orden que obliga a las limitaciones en la hostelería y el ocio...
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CASTILLA Y LEÓN SE ABSTUVO Y SEIS VOTARON EN CONTRA

Darias comunica a las CCAA la orden que obliga a las limitaciones en la hostelería y el ocio...

Actualizado 04/06/2021
EP

El Ministerio subraya que "obliga a todas las comunidades con independencia del sentido de su voto" en el Consejo Interterritorial

El Ministerio de Sanidad ha comunicado este viernes a las comunidades autónomas la orden por la que se aplican las restricciones en la hostelería y el ocio nocturno que aprobó el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en su última reunión, con el voto en contra de seis autonomías.

En la misma, el Ministerio ha señalado que la presente declaración de actuaciones coordinadas "obliga a todas las comunidades y ciudades con estatuto de autonomía, con independencia del sentido de su voto" y ha recordado la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, "en el que la Administración General del Estado tiene atribuidas funciones de coordinación general".

Así, entrará en vigor "desde su notificación a las comunidades y ciudades con estatuto de autonomía" y acabará cuando la ministra de Sanidad, Carolina Darias, apruebe "la finalización de su vigencia, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con audiencia de todas las comunidades y ciudades".

Está previsto que el Boletín Oficial del Estado (BOE) publique este sábado la Resolución de la Secretaria de Estado con el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) sobre las actuaciones coordinadas en salud pública frente a la COVID-19 en todo el territorio.

Entre las nuevas restricciones, el documento de obligado cumplimiento para la 'nueva normalidad' permite abrir los locales de ocio nocturno hasta las 03.00 horas en aquellos territorios que no tengan riesgo o estén en nivel 1 del 'semáforo' de Sanidad.

En concreto, en relación a la hostelería, se señala que en los territorios fuera de los niveles de riesgo el aforo permitido será de 50 por ciento en interior pudiéndose incrementar en un 10 por ciento si se aplican medidas de control de riesgos que garanticen un alto nivel de ventilación y control de la calidad del aire.

En las terrazas al aire libre se podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad un mínimo 1,5 metros entre las sillas de diferentes mesas. Además, se permite el servicio y consumo en barra, manteniendo la distancia antes mencionada, y las mesas tendrán un límite de 6 personas en interior y de 10 en exterior.

Los Gobiernos autonómicos de la Comunidad de Madrid, País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía y Murcia votaron en contra de estas propuestas del Ministerio de Sanidad, según informan a Europa Press fuentes de la reunión. Este documento de Sanidad también se ha encontrado con la abstención de Castilla y León y de la ciudad autónoma de Melilla.