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Ampliado hasta después de Semana Santa el cierre de los puntos fronterizos con Portugal
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CIUDAD RODRIGO Y COMARCA , CORONAVIRUS

Ampliado hasta después de Semana Santa el cierre de los puntos fronterizos con Portugal

Actualizado 15/03/2021
David Rodríguez

Aquellos que tengan causa justificada podrán seguir cruzando la frontera por el paso de Fuentes de Oñoro-Vilar Formoso

Aunque la situación epidemiológica ha mejorado notablemente en las últimas semanas tanto en España como en Portugal, el cierre de la frontera entre los dos países se prolongará unas cuantas semanas más, hasta el 6 de abril, o lo que es lo mismo, hasta después del período de Semana Santa, que "aconseja el mantenimiento o incluso el refuerzo de determinadas medidas preventivas en el interior del territorio", según se expone este lunes en el Boletín Oficial del Estado.

En este sentido se señala que, teniendo en cuenta que la movilidad entre las Comunidades Autónomas de España estará "fuertemente restringida" durante la Semana Santa (no se podrá entrar y salir de ninguna), "en justa correspondencia" el Gobierno de España ha hablado con las autoridades portuguesas para "mantener los controles en la frontera interior terrestre entre ambos países" hasta después de ese período festivo.

De este modo, la situación en la comarca de Ciudad Rodrigo seguirá hasta el 6 de abril igual que desde el fin de semana del 30-31 de enero: sólo se podrá cruzar con motivo justificado de España a Portugal (o viceversa) por la antigua aduana entre Fuentes de Oñoro y Vilar Formoso, uno de los 7 puntos de paso autorizados entre ambos países que funcionan las 24 horas del día los 7 días de la semana (hay otros 11 puntos de paso por donde se puede cruzar la frontera de forma justificada en ciertos horarios).

Como hasta ahora, sólo pueden entrar en territorio español ciudadanos españoles y su cónyuge o pareja con la que mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, y aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con éste; residentes en España (que deberán acreditar su residencia habitual) así como los estudiantes que cursen sus estudios en España; y residentes en otros estados miembros, en estados asociados Schengen, o en Andorra, Mónaco, El Vaticano y San Marino, que se dirijan a su lugar de residencia habitual.

También pueden cruzar la frontera hispano-lusa quienes vayan a transitar o permanecer en el territorio español por motivos laborales, siempre que lo acrediten documentalmente (aquí se incluye a los trabajadores transfronterizos, sanitarios y del transporte); y personas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor, situación de necesidad o motivos humanitarios.

Por último, es admitido el personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones oficiales, así como los participantes en viajes de Estado, y los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Fuerzas Armadas para ejercer sus funciones. Precisamente, son miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de ambos países quienes se están encargando de controlar el paso por la aduana de Fuentes de Oñoro.